Lotería clandestina en Panamá: cuando prohibir no basta

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  • 18/05/2026 00:00

Recientemente, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, sin salvamento de voto, declaró nula por ilegal la adenda del contrato suscrito entre la Lotería Nacional de Beneficencia y la Sociedad Scientific Games International, Inc.; y, por ello, se ha cancelado la comercialización de la Lotería Electrónica.

En virtud de lo anterior, consideró que la Lotería Nacional de Beneficencia debe ahora avanzar con una política de combate firme contra la lotería clandestina. Para ello, debe presentar a la Asamblea Nacional, un proyecto de ley que la penalice, como fue señalado por una Dirección General anterior. Ya antes hubo un intento de concretizar dicha penalización y ese proyecto - que fue presentado por vía de participación ciudadana del Órgano Legislativo - fue archivado en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales en marzo de 2025, luego de que la subcomisión evaluadora recomendara su rechazo, lo que detuvo su discusión en el pleno de la Asamblea Nacional.

Ello ha puesto en evidencia una realidad que el país conoce desde hace años: la prohibición, por sí sola, no ha sido suficiente para contener una actividad ilegal que continúa operando de forma abierta y extendida.

Pese a la existencia de un marco legal que reserva la actividad lotera al Estado, a través de la Lotería Nacional de Beneficencia, la práctica clandestina no solo persiste, sino que se adapta, se expande y capta recursos al margen de cualquier control institucional efectivo. Esto revela una brecha preocupante entre la norma escrita y su aplicación real.

El principal argumento utilizado para archivar el proyecto (que la materia ya se encuentra regulada) resulta débil frente a la evidencia cotidiana. La regulación existe, pero su eficacia es limitada cuando no se acompaña de supervisión constante, fiscalización real y sanciones disuasivas. La ley no cumple su función únicamente por estar vigente; requiere mecanismos de aplicación y cumplimiento que garanticen su efectividad.

La lotería clandestina no es un fenómeno menor. Genera distorsiones económicas, afecta la recaudación pública, debilita la credibilidad institucional y priva de recursos a programas sociales que dependen de los ingresos legítimos del sistema oficial. Cada apuesta fuera del marco legal es un golpe directo a la función social que históricamente ha justificado la existencia de la lotería estatal.

Las comisiones legislativas tienen la potestad reglamentaria de archivar proyectos de ley. No obstante, esa facultad conlleva una responsabilidad política ineludible: explicar con claridad por qué las herramientas actuales son suficientes y, sobre todo, por qué no han logrado erradicar una actividad ilegal que sigue creciendo. Archivar sin un debate amplio y documentado equivale a aceptar la inercia como política pública.

Prohibir sin capacidad de control alimenta mercados paralelos. Prohibir sin fiscalización efectiva fortalece la informalidad. Y prohibir sin actualizar los instrumentos legales termina favoreciendo precisamente aquello que se pretende combatir. El caso de la lotería clandestina en Panamá es una demostración clara de esa contradicción.

Archivar el proyecto no elimina el problema; únicamente posterga su solución. La verdadera pregunta no es si la lotería ya está regulada, sino si el Estado está dispuesto a fortalecer los mecanismos de aplicación y cumplimiento de la ley para enfrentar una realidad que desborda el papel y exige respuestas institucionales efectivas. Porque cuando la ley existe, pero no se cumple, prohibir no basta.

* El autor es abogado