Columnistas

Nueva edición del sainete presupuestario (I)

  • 23/07/2025 23:01

Como si se tratara de una ciencia de misterios insondables, cuando en esencia todo se reduce a sumas y restas, nuevamente el flamante ministro de Economía vuelve a tratar de impresionarnos, pontificando sobre del próximo Presupuesto General del Estado.

Los presupuestos deben responder a una “política fiscal” debidamente pensada y fundamentada que, todavía, después de transcurrido mas de un año de gobierno, nadie ha explicado cuál es o más concretamente que sería lo ideal, cuáles son sus objetivos o sus futuros beneficios para el país.

No una, sino varias veces, he destacado que la razón fundamental del desorden que desde hace varios años impera en la materia presupuestaria es el producto de las reiteradas violaciones de las normas constitucionales que, si fueran observadas al pie de la letra, como juran hacer todos los gobernantes, y si fueran estrictamente cumplidas, hace mucho tiempo existiría orden, tanto en la preparación de proyecto del Presupuesto como en su tramitación y ejecución, y habríamos superado la zozobra anualmente repetida.

Comencemos por la primera norma, el artículo 184, que precisa las atribuciones (entiéndase obligaciones ineludibles que debe cumplir) que ejerce el presidente de la república con la participación del ministro respectivo (en este caso el de Economía y Finanzas) y que, en el numeral 7, a la letra dice:

“Enviar al Órgano Legislativo, dentro del primer mes de la primera legislatura anual (es la que corre del 1 de julio al 31 de octubre) el Proyecto de Presupuesto General del Estado, salvo que la fecha de toma de posesión del Presidente de la República coincida con la iniciación de dichas sesiones. En este caso (que no es el presente, pues esa circunstancia se dio el año pasado), el Presidente deberá hacerlo dentro de los primeros cuarenta días de sesiones”.

Sigamos con la segunda y la tercera de las normas constitucionales, los artículos 267 y 269, también de obligatorio cumplimiento. El 267 dice que: “Corresponde al Órgano Ejecutivo la elaboración del proyecto de Presupuesto General del Estado y al Órgano Legislativo su examen, modificación, rechazo o aprobación”. Y el 269 dice: “El Órgano Ejecutivo celebrará consultas presupuestarias con las diferentes dependencias y entidades del Estado. La Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional participará en dichas consultas”.

En esas consultas, supuestamente lideradas por el presidente, pero, de hecho, por el ministro Economía y Finanzas, se supone que todas las dependencias y entidades del Estado presentan y sustentan “sus listas al Niño Dios” que, como también es fácil suponer, cuando se suman sobrepasan, y en mucho, las estimaciones más optimistas de los ingresos esperados. En consecuencia, y como no puede ser de otra manera, la suma de todas las pretensiones es ajustada (o debe serlo) para cuadrarlas con los ingresos objetivamente esperados.

Deliberadamente resalté que, de acuerdo con la norma constitucional, en las consultas debe participar la Comisión de Presupuesto de la Asamblea. Con esa previsión se buscaba evitar el circo que presenciamos todos los años, cuando el proyecto del Presupuesto “es visto” en la Comisión de Presupuesto para su primer debate y que se monta cuando todos los titulares de los ministerios y entidades que “fueron oídas en las consultas”, sin excepciones, concurren a dicha comisión “a defender como si en ello les fuera la vida”, que se les restablezcan las partidas que pretendían y que, invariablemente sostienen que no les fueron reconocidas o aceptadas en las consultas.

Si todos los ministerios y todas las otras entidades que están integradas al Órgano Ejecutivo pueden desmarcarse y acudir por su cuenta, y como si no fueran parte del gobierno, a reclamar contra el proyecto del Presupuesto que presenta su jefe, el presidente, lo que ocurre después en la Comisión de Presupuesto no puede ser otra cosa que el circo deprimente que allí se produce, cuando ministros y directores concurren a negociar con los comisionados, sin duda no gratuitamente, reformas a las asignaciones que, ellos así lo manifiestan y defienden, les fueron injustamente recortadas. Ese trastocamiento institucional y jerárquico, que no puede ser más absurdo, es otro de los “momentos estelares” del sainete presupuestario.

(Segunda parte: La Constitución prohíbe los presupuestos deficitarios y ordena cómo ajustarlos)