Ocultados informes de derechos humanos y sindicales
- 10/07/2026 00:00
No solo fue el informe de OIT del 12 de junio, sino también el informe Anual de la CIDH presentado en la 56ª Asamblea General de la OEA (Panamá 22 al 24 de junio).
En el caso del informe de la CIDH, llama al Gobierno a respetar los derechos ante la conflictividad social y estado de urgencia en Panamá. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha subrayado que “... las garantías y protección judiciales deben ser salvaguardadas para toda persona y en todas las circunstancias relacionadas con la privación de la libertad, incluido en el marco de un estado de excepción. Ello, toda vez que constituyen un medio para amparar el respeto a la vida e integridad de la persona e impedir la desaparición forzada y que brindan, a su vez, una protección contra la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
Es de conocimiento de la Comisión las denuncias realizadas por diversas organizaciones sociales, sindicatos, educadores, comunidades campesinas e indígenas en torno a la represión, persecución, allanamientos ilegales, encarcelamientos, ante las protestas en rechazo a la Ley 462 al señalar que esta reforma afectaría de forma regresiva derechos adquiridos en materia de pensiones y prestaciones sociales.
En el caso de los pueblos indígenas, la CIDH fue informada que las protestas estaban motivadas por la imposición de la ley de seguridad social, por la falta de consulta previa, libre e informada de proyectos extractivos, en violación de estándares interamericanos ante la explotación de recursos naturales en sus territorios.
En el caso del sector obrero, la Comisión solicitó al Gobierno adoptar medidas eficaces y con plazos determinados para:
1. Garantizar que todos los sindicalistas puedan llevar a cabo sus actividades de forma libre e independiente, sin intimidaciones ni represalia.
2. Garantizar tanto en la legislación como en la práctica, que el ejercicio de los derechos sindicales no dé lugar a detenciones arbitrarias, privaciones de libertad, persecuciones ni presiones económicas o administrativas indebidas.
3. Acometer, sin demora y en consulta con las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativa las reformas legislativas necesarias para que la legislación nacional se ajuste plenamente al Convenio. Son precisamente las organizaciones sindicales más representativas las que persigue Mulino.
Como conclusión, la Comisión recuerda que “...los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la protesta social, incluyendo el respeto a la integridad personal, libertad de expresión, libertad de asociación y libertad de reunión pacífica. Las intervenciones estatales deben respetar el principio de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y reservar las tareas de control de orden público a fuerzas debidamente entrenadas en el uso diferenciado de la fuerza. Los actos de violencia no amparan el uso indiscriminado de la fuerza por parte del Estado. La Comisión también recuerda que la suspensión de derechos y garantías solo está autorizada en circunstancias extraordinarias y debe observar los límites estrictos establecidos por la Convención Americana”. Juzgue usted, un gobierno autoritario que ha violentado la Constitución, leyes nacionales y acuerdos internacionales.
Mulino en su retórico informe de dos años no menciona ni el informe de la OIT ni el de la CIDH, no mencionó las listas en las que nos ha colocado de manera negativa dado la violación de los derechos humanos de diversos sectores sociales.
El pueblo humilde y trabajador se pregunta ¿por qué Gobierno y medios de comunicación social han ocultado estos informes? Sin dudas este es el accionar de un gobierno de empresa privada y de nadie más.
Frente a ello, las denuncias presentadas y sustentadas por el movimiento sindical en diversas instancias internacionales en búsqueda de justicia, misma que es negada en nuestro país, ha dado resultados en el marco del derecho.