Panamá y la fiscalidad territorial: una defensa técnica frente a presiones injustas
- 21/12/2025 00:00
El pasado 18 de diciembre, en un artículo titulado: “MEF discute propuesta que modifica el Código Fiscal para gravar multinacionales”, el periódico La Estrella de Panamá informó sobre el borrador propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que persigue gravar las rentas pasivas de fuente extranjera de ciertas entidades multinacionales que no acrediten sustancia económica en Panamá. Esta iniciativa ha generado inquietud porque afecta un principio fundamental del modelo tributario panameño: la renta territorial.
No es secreto que Panamá ha basado su desarrollo económico en un sistema tributario que grava, únicamente, las rentas generadas dentro de su territorio. Este principio, consagrado en el Código Fiscal y respaldado por la doctrina administrativa nacional, ha sido la “columna vertebral” que ha permitido al país consolidarse como un centro de servicios internacionales, atrayendo inversión extranjera directa (IED) y desarrollando sectores clave como la logística, la banca y las sedes regionales de multinacionales.
Desde la perspectiva del derecho internacional público y los tratados multilaterales, la fiscalidad territorial no está prohibida ni restringida. Es más, la OCDE, a través de sus iniciativas contra la erosión de bases imponibles y el traslado artificial de beneficios (BEPS), no exige la eliminación de la territorialidad, sino la adopción de medidas para evitar abusos y garantizar transparencia. La territorialidad es un modelo fiscal, legítimo y reconocido, perfectamente compatible con los estándares internacionales, siempre que se implementen reglas antiabuso y mecanismos efectivos de intercambio de información.
Sin embargo, la Unión Europea (UE) ha adoptado una posición que considero, en muchos aspectos, injusta contra Panamá, manteniendo al país en su lista de jurisdicciones no cooperadoras y calificando, arbitrariamente, la territorialidad como un régimen fiscal dañino. En mi opinión, esta postura carece de fundamento técnico sólido y contraria a principios del derecho internacional, y a compromisos multilaterales que la UE ha suscrito. Es en atención a esto que la insistencia para que Panamá abandone su sistema territorial, bajo amenaza de sanciones y medidas retaliatorias, representa una forma de presión unilateral que vulnera la soberanía fiscal y el principio de igualdad entre jurisdicciones. Algo así debería ser base para una acción legal internacional y no para un proyecto.
Esta situación plantearía un dilema crucial para Panamá. Por un lado, la necesidad de seguir cumpliendo, como ya hace, con estándares internacionales de transparencia, intercambio de información y lucha contra la evasión fiscal, gracias a las significativas reformas que han permitido al país salir de listas de alto riesgo en materia de lavado de dinero, a un alto costo económico y político. Por otro lado, la exigencia de modificar el modelo territorial, que no está prohibido, implicaría ceder un pilar estructural, sin garantías ni contrapartidas claras, debilitando la posición negociadora del país y poniendo en riesgo su competitividad.
Según lo reportado en el artículo citado, el borrador del MEF que propondría gravar rentas pasivas extranjeras, para un subconjunto de entidades multinacionales “no calificadas”, rompería la coherencia del sistema territorial y crearía un régimen híbrido que generaría incertidumbre y posibles problemas de discriminación. Creo que una medida así, lejos de ser una solución técnica, sería una concesión prematura que podría provocar fuga de capitales, reducción de inversión extranjera y pérdida de confianza en el marco regulatorio panameño.
Por otro lado, no se debería olvidar que Panamá ha desarrollado regímenes para atraer individuos de alto patrimonio, quienes valoran la seguridad jurídica y la claridad fiscal. La propuesta, aunque dirigida a entidades corporativas, podría interpretarse como un primer paso hacia una tributación más amplia de rentas pasivas extranjeras, lo que podría desalentar a estos inversionistas, afectando el consumo, la inversión inmobiliaria y el sistema bancario.
Este escenario se agravaría en un contexto macroeconómico delicado, con deuda pública elevada, déficits fiscales persistentes y niveles de desempleo e informalidad preocupantes. Erosionar una ventaja competitiva clara, en este momento, podría comprometer la recuperación económica y el crecimiento sostenible.
Desde la óptica de la economía política internacional, creo también que reformas tributarias de esta magnitud deberían enmarcarse en una estrategia integral de negociación con la OCDE, dentro de un proceso de adhesión formal al organismo, que permitiese a Panamá defender sus intereses y buscar concesiones. Ceder unilateralmente la territorialidad, sin garantías ni diálogo político, -no técnico-, no solo sería un error estratégico, sino que también podría interpretarse como una capitulación ante presiones injustas y posiblemente ilegales.
No cabe duda que Panamá debería continuar fortaleciendo la transparencia, el intercambio de información y las reglas antiabuso, pero sin sacrificar la territorialidad ni la estabilidad jurídica que han sido la base de su éxito económico. Creo que la defensa política y jurídica de este modelo —no solo técnica— es esencial para preservar la soberanía fiscal y garantizar un desarrollo competitivo y sostenible.
En conclusión, una iniciativa como la propuesta por el MEF, creo que debería abrirse a un diálogo amplio, y fundamentado sobre la política fiscal del país, que preserve las fortalezas del modelo panameño, atienda las exigencias internacionales legítimas, -no las impuestas-, y garantice su desarrollo y competitividad. Solo así Panamá podría mantener su posición como un centro de servicios internacionales confiable y atractivo, enfrentando al más alto nivel político,y con rigor técnico y jurídico, las presiones externas que buscan imponer un modelo que no corresponde a su realidad ni a sus derechos internacionales.