‘Preparados para el futuro’

DepositPhotos
  • 23/06/2026 00:00

Las reformas que se proponen a la “Carta Olímpica”, -que es el estatuto del Comité Olímpico Internacional (COI), (Asociación Civil, no gubernamental, con domicilio en suiza, compuesta por un máximo de 115 personas naturales que se representan a sí misma y no a sus países u a organizaciones)- se presentan como fortalecimiento jurídico e institucional del Movimiento Olímpico.

El Movimiento Olímpico se encuentra actualmente en un proceso de actualización normativo conocido como “Preparados para el futuro” (Fit for the Future). Este proceso propone una serie de reformas dirigidas a reforzar la neutralidad y autonomía del deporte, modernizar la gobernanza del programa olímpico y clarificar disposiciones jurídicas esenciales.

Desde una perspectiva jurídico-deportiva y de derecho internacional privado del deporte, estas modificaciones reflejan una evolución normativa que busca garantizar la estabilidad, claridad y legitimidad del sistema olímpico en un entorno globalizado y altamente dinámico.

La Carta Olímpica regula las relaciones entre el COI, las federaciones internacionales, los comités nacionales olímpicos y demás integrantes del movimiento olímpico. En tal sentido, la Carta Olímpica encapsula el conjunto de reglas internas del Movimiento Olímpico y comprende normas, decisiones y estructuras que regulan el impulso y la práctica de los Juegos Olímpicos y sus instituciones.

Uno de los fundamentos éticos y jurídicos de la Carta es el principio de neutralidad política, incluido desde hace décadas en los Principios Fundamentales del Olimpismo. Este principio constituye una salvaguarda contra la instrumentalización política del deporte, al tiempo que busca proteger la igualdad de condiciones para todos los participantes.

El principio de neutralidad aparece como un “principio ético fundamental universal” que subyace al equilibrio entre autonomía deportiva y respeto de los derechos humanos. La neutralidad política ha sido objeto de debate doctrinal, precisamente por la falta de definición operativa y claridad en su aplicación, aspecto que las reformas recientes buscan abordar con mayor precisión normativa.

Al reforzar explícitamente este principio y su interpretación contextual dentro de la Carta Olímpica revisada, el COI no solo mantiene su independencia frente a presiones externas, sino que también protege jurídicamente el derecho de los atletas a competir sin interferencias no deportivas, reforzando la integridad de las competencias internacionales.

Desde el punto de vista jurídico, la estructura rígida del programa olímpico tradicional ha sido objeto de crítica por su falta de flexibilidad y adaptación a las tendencias deportivas globales. Las propuestas actuales del COI apuntan a implementar una metodología más flexible y transparente para determinar la inclusión de disciplinas, promoviendo criterios técnicos y objetivos

Tal modernización no solo facilita la gestión operativa de los Juegos, sino que responde a principios actuales de gobernanza deportiva responsable y sostenible, donde las normas no se erigen como obstáculos burocráticos sino como herramientas eficaces para adaptar el sistema jurídico a contextos dinámicos.

Las reformas proyectadas también incluyen ajustes de redacción destinados a eliminar ambigüedades interpretativas. En el derecho del deporte, la claridad y certeza normativa son esenciales para asegurar que las normas internas de una organización, sean interpretadas de forma coherente por tribunales deportivos, actores institucionales y deportistas.

La Carta Olímpica no es una simple acumulación de reglas, sino una estructura jurídica articulada que rige competencias, derechos y deberes de múltiples sujetos del Movimiento Olímpico. En mi opinión su reformulación con mayor precisión técnica fortalece la seguridad jurídica y la transparencia.

Las reformas refuerzan la posición del COI como una entidad con capacidad normativa y autoridad para regular sus relaciones internas sin perder el respeto por marcos internacionales más amplios.

Las propuestas de reforma bajo la rúbrica “Preparados para el futuro” representan una evolución jurídica sólida y coherente con los principios que fundamentan al Movimiento Olímpico. Al reforzar la neutralidad política, actualizar la gobernanza del programa olímpico y clarificar disposiciones normativas, estas reformas fortalecen jurídicamente al movimiento olímpico y proyectan su continuidad y legitimidad en un contexto global complejo.

* El autor es abogado