Corte no admite amparo presentado por Nadia Del Río
- 25/09/2026 15:50
La exfuncionaria cuestionó las medidas precautorias ordenadas por la Contraloría y acudió a la Corte Suprema contra una actuación del Registro Público
La Corte Suprema de Justicia no admitió el amparo de garantías constitucionales presentado por Nadia Yannick Del Río Fernández contra una orden verbal de la directora general del Registro Público de Panamá, en medio de una investigación de la Contraloría General de la República por presuntas inconsistencias patrimoniales de la exdirectora ejecutiva institucional del Ministerio de la Presidencia.
La decisión fue adoptada por el Pleno de la Corte Suprema el 17 de agosto de 2026 y divulgada mediante un edicto de la Secretaría General el 18 de septiembre. El amparo fue presentado por el abogado Ángel Luis Álvarez Torres en representación de Del Río.
En su resolución, el Pleno determinó no admitir la acción contra la orden verbal emitida el 26 de mayo de 2026 por la directora general del Registro Público. La resolución no establece, en el texto divulgado, un pronunciamiento sobre el fondo de las presuntas inconsistencias patrimoniales investigadas por la Contraloría.
El caso se origina en una auditoría forense de la Dirección Nacional de Investigaciones y Auditoría Forense de la Contraloría General de la República.
Según los resultados citados en la documentación del caso, la auditoría identificó una diferencia entre los recursos provenientes de fuentes conocidas y los movimientos monetarios utilizados por Del Río.
El informe señala recursos provenientes de fuentes conocidas por $986,583.77, mientras que los recursos monetarios utilizados ascendieron a $1,563,352.66.
La diferencia calculada fue de $576,768.86.
Del Río cuestiona los resultados de la auditoría y sostiene que las cifras utilizadas por la Contraloría no reflejan correctamente su situación patrimonial.
“Me senté a hacer varios escenarios con mis contadoras y la única forma en la que ellos lleguen a esas cifras es si cuatriplican [los números]”, manifestó la exfuncionaria al referirse a los hallazgos de la auditoría forense.
Del Río informó que actualmente prepara sus descargos y recopila documentación para responder ante las autoridades.
A partir de los hallazgos de la auditoría, la Contraloría emitió la Resolución N.° 1237-2026-LEG/UA, del 14 de mayo de 2026.
El documento ordenó medidas precautorias sobre bienes inmuebles, cuentas bancarias, vehículos y posibles créditos contra el Estado, según la documentación relacionada con el caso.
El objetivo de estas medidas, de acuerdo con la resolución citada, consiste en salvaguardar eventuales reclamaciones patrimoniales mientras avanza el proceso administrativo.
La existencia de estas medidas no equivale por sí misma a una determinación definitiva de responsabilidad patrimonial. Esa diferencia resulta relevante en la cobertura del caso, pues la investigación y los descargos forman parte de un procedimiento que todavía debe seguir su curso.
Entre los bienes alcanzados por las actuaciones del Registro Público figura, según la versión de Del Río, un apartamento de su propiedad adquirido en 2005 y que mantiene una hipoteca vigente con una entidad bancaria local.
La exfuncionaria señaló que tuvo conocimiento de una medida cautelar remitida al Registro Público sobre ese inmueble.
Según su versión, la inscripción de la medida fue suspendida “por defecto”, con fundamento en el artículo 1795 del Código Civil.
Esta actuación del Registro Público es la que posteriormente llevó a Del Río a presentar el amparo de garantías constitucionales cuya admisión ahora fue negada por el Pleno de la Corte Suprema.