La calidad de los alimentos en la etiqueta

Actualizado
  • 03/08/2013 02:00
Creado
  • 03/08/2013 02:00
Aprincipios del año 2013, inició en Reino Unido uno de los escándalos alimenticios más importantes de los últimos tiempos, el cual termi...

Aprincipios del año 2013, inició en Reino Unido uno de los escándalos alimenticios más importantes de los últimos tiempos, el cual terminó involucrando a casi todos los gobiernos de los países miembros de la Unión Europea, así también como a importantes cadenas de supermercados, empresas distribuidoras de alimentos, compañías proveedoras de carne (mataderos), plantas procesadoras y restaurantes, incluso algunos de franquicias de comida rápida muy conocidos a nivel mundial.

En un estudio rutinario de la Autoridad Alimentaria de Irlanda, un programa de vigilancia sobre etiquetado de alimentos, específicamente destinado a verificar el tipo de especie animal en productos cárnicos y sus derivados, se descubrió la presencia de carne de caballo en hamburguesas supuestamente de ternera. Posteriormente, y luego de varias investigaciones en España, Francia, Suecia, Alemania, etc., se descubrió algo similar en una variedad de comidas precocidas, como lasañas, salchichas, albóndigas, salsas con carne y nuggets, lo que reveló de igual forma una complicada telaraña comercial originada en Rumania, Holanda, Polonia y Chipre.

El problema principal fue que los empaques de los productos, no contenían información veraz (etiquetado) que les indicara a los consumidores lo que estaban comprando realmente. Poco tiempo después, importantes grupos y asociaciones, sobre todo en España, solicitaron a las autoridades correspondientes, quienes señalaron investigar hasta las últimas consecuencias, sanciones severas al respecto, que llegaban incluso a la esfera penal por el delito de fraude.

En lo que respecta a nuestro país, la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, en su artículo 35, indica que los consumidores tienen derecho a recibir información clara y veraz de las características de los productos que adquieran. Lo anterior también se constituye en una obligación del proveedor contemplada en el artículo 36 de la referida Ley 45.

A su vez, el artículo 58 que trata el tema de la veracidad de la publicidad, señala que ‘…las afirmaciones que se refieren a la naturaleza, a la composición, al origen, a las cualidades sustanciales o a las propiedades de los productos o servicios deberán ser siempre exactas y susceptibles de comprobación en cualquier momento’. Contravenciones a dichos preceptos, serán sancionadas por la Acodeco.

ADMINISTRADOR DE LA ACODECO

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