Cada gasolinera tendrá que invertir más de $65,000

  • 30/04/2015 02:00
El proyecto de ley 37 establece la opción de comprar combustible con o sin etanol, lo que obliga a las estaciones a adecuar sus instalaciones 

Los dueños de estaciones de servicio se encuentran preocupados por las adecuaciones que tendrán que realizar para cumplir con el proyecto de ley 37, que establece en Panamá la venta de gasolina con y sin etanol.

El presidente de la Asociación de Distribuidores de Gasolina y Derivados del Petróleo (ADIGAS), Antonio Botello, señaló que como mínimo la inversión que deberán realizar en cada estación de expendio de combustibles será de unos $65,000.

Botello explicó que las estaciones de combustible deberán añadir un nuevo tanque para el almacenaje de la gasolina sin etanol, ya que no se puede mezclar con el combustible que lo contiene.

Un tanque de 5,000 galones mantiene un precio aproximado de $8,000; un tanque de 100,000 galones cuesta $16,000 y la máquina de expendio está entre $18,000 y $24,000.

También se suma el precio de instalación, que dependerá de la profundidad del tanque y la distancia de la máquina de expendio, detalló el directivo.

El proyecto de ley 37 fue aprobado en tercer debate en la Asamblea y está a la espera de la sanción del presidente, Juan Carlos Varela.

La iniciativa busca garantizar al consumidor la opción de comprar combustible sin etanol, en base a lo dispuesto en el artículo 49 de la Carta Magna, que establece el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad .

El proyecto de ley se sustentó en las quejas que manifestaron algunos consumidores por el daño de sus vehículos.

ANTECEDENTES

Desde el 1 de abril de 2014, las gasolinas de 91 y 95 octanos se comercializan con un contenido del 5% de etanol, como lo establece la Ley 42.

La ley señala que el porcentaje de etanol en las gasolinas aumentará progresivamente, hasta llegar a un 10% en el 2016.

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REGULACIÓN

Menos azufre en el combustible

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley 153, que regula el contenido de azufre en el combustible diésel y establece que el máximo permisible es de 15 ppm (quince partes por millón).

La ley regirá en todo el territorio nacional, por lo cual todas las empresas importadoras deberán realizar los ajustes técnicos y económicos necesarios para cumplir con lo aprobado.

La nueva norma establece que las empresas importadoras y distribuidoras de combustible diésel tienen hasta 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley para realizar las negociaciones de los nuevos contratos de suministro.

El proyecto contiene los estándares internacionales en materia de control de emisiones de protección al ambiente.

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