Aprueban duras medidas contra eléctricas
PANAMÁ. A juicio del gobierno, las empresas eléctricas especulan con los precios a través del “mercado ocasional”.
PANAMÁ. A juicio del gobierno, las empresas eléctricas especulan con los precios a través del “mercado ocasional”.
Para ponerle un alto, ayer, en Consejo de Gabinete Extraordinario se discutieron duras medidas como: revisar la tarifa actual por el uso de agua para la generación de energía hidroeléctrica con el objetivo de establecer una tasa no transferible al consumidor. Además, se ordenó la suspensión del cobro por demanda a todos los clientes residenciales.
Durante el Gabinete los ministros aprobaron que todos los usuarios de las empresas distribuidoras que estén al día en sus pagos y presenten reclamos no se les podrá exigir pago del mes corriente para continuar recibiendo el servicio ni tampoco se les podrá suspender el mismo.
La Secretaría Nacional de Energía en conjunto a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), deberán revisar los procedimientos de licitación para la compra de potencia y energía por las distribuidoras, de manera que se garantice que habrá fórmulas separadas para las licitaciones de las plantas hidráulicas y de las térmicas.
El subsidio que paga el Gobierno Nacional será analizado. Se ordenó a la ASEP que inicie una investigación para determinar cómo se está aplicando el actual subsidio eléctrico de casi 30 millones de dólares.
Esta Autoridad también tendrá que contratar los servicios de auditorías independientes internacionales con el propósito de que se efectúe auditorías de la lectura, facturación, calidad técnica, estructura tarifaria y procedimiento de reclamos.
La Empresa de Transmisión Eléctrica S.A., deberá adecuar las tarifas de transmisión, de manera que se incentive el desarrollo de fuentes alternas de las hidroeléctricas.
Además, el Ejecutivo elaborará un anteproyecto de ley para dejar sin efecto los contratos existentes de compra de energía entre las distribuidoras y todas las empresas de generación eléctrica que realicen prácticas onerosas. +2A
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