La disputa entre ‘imputación' y ‘acusación' enreda a la Corte

Actualizado
  • 16/09/2016 02:00
Creado
  • 16/09/2016 02:00
La defensa del expresidente Ricardo Martinelli considera a su favor que el juez de garantías haya pronunciado que el tiempo de investigación comienza cuando se imputa al diputado

El magistrado Jerónimo Mejía, juez de garantías en el caso que se le sigue al expresidente Ricardo Martinelli por irregularidades en la compra de comida deshidratada fabricada en Brasil, consideró innecesaria la solicitud del fiscal de la causa, Oydén Ortega, quien provocó una audiencia de control este jueves para legalizar el resultado de una asistencia internacional, en relación a los contratos con la empresa productora.

La defensa de Martinelli, representada por Sidney Sitton, señaló que el plazo que tenía el fiscal para solicitar la legalización se había vencido, y pidió al juez de garantías que se pronunciara en cuanto al término de la investigación que se surte en el caso.

Rogelio Cruz, también de la defensa del expresidente, dijo que este argumento se sostuvo en base a que la Corte ha manifestado que en estos casos no es necesaria la imputación, sino la acusación.

En este sentido, Mejía arguyó que la finalización del plazo de investigación no tiene término, hasta tanto no se haga la formulación de la imputación, como lo establece el artículo 291 del Código Procesal Penal vigente.

Para la defensa, la audiencia ‘ha puesto en jaque' a la Corte por las contradicciones esbozadas en cuanto a la imputación y la acusación, y el orden en que estas formalidades deben presentarse.

El magistrado Mejía también es juez de garantías en el caso de los pinchazos telefónicos, en donde actúa como fiscal el magistrado Harry Díaz.

En dicho caso, la defensa presentó una objeción a la acusación sin imputación que realizó el magistrado Díaz. Pero éste último ha dicho antes que jurídicamente una imputación es plantearle a un juez de garantías que el fiscal considera que existe la posibilidad de un hecho delictivo que merece investigación formal. Entonces, apunta, es tácita la imputación.

La audiencia ‘ha sido cien por ciento ganancia para la defensa. Primero porque lo que pidió el magistrado Ortega era innecesario. Segundo, porque le hemos argumentado lo contrario a los magistrados de lo que se ha venido sosteniendo, para que Mejía definiera si había o no necesidad de una imputación. Y aunque trató de evitarlo, no tuvo otra opción que aceptar que se requiere una imputación', dijo Cruz.

El abogado se refiere a una frase que pronunció Mejía durante la audiencia: ‘el plazo (de investigación) empieza a correr desde el momento en que hay una imputación. Eso significa que si no hay imputación, un fiscal puede quedarse investigando el tiempo que decida', precisó.

La defensa de Ricardo Martinelli considera que la decisión de Mejía de no dar por vencido el plazo de investigación, confirma la tesis de que se requiere la imputación en el caso del proceso contra diputados, y la razón es que el plazo de vencimiento empieza a partir de la imputación. Cruz manifestó que eso era lo que deseaba la defensa de Martinelli ‘porque se planteó la tesis contraria a la que la defensa estaba alegando sobre el orden de imputación o acusación'.

Ortega solicitó legalizar las pruebas que solicitó en asistencia judicial a Brasil sobre las compras que hizo la empresa Lerkshore International Limited a la compañía Prativita Alimentos Nutricionais. Este producto fue vendido al Estado panameño a través del extinto Programa de Ayuda Nacional, cuyo contrato alcanzó cerca de $45 millones.

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