Martinelli no podrá correr para la Alcaldía de Panamá ni para diputado en el 8-8

Actualizado
  • 26/04/2019 10:44
Creado
  • 26/04/2019 10:44
Ante la decisión  "Mayin" Correa correrá para diputada y "Chello" Gálvez para alcalde de Panamá. El fallo es inapelable

El expresidente de la República, Ricardo Martinelli no podrá ser candidato para las elecciones de alcalde del Distrito de Panamá ni para diputado por el circuito 8-8, el próximo 5 de mayo, según el fallo del pleno del Tribunal Electoral (TE) dado a conocer la mañana de este viernes.

El Tribunal Electoral en una decisión dividad 2-1  no avaló el fallo de la jueza Quinta Electoral, Elvia Rengifo quien el pasado 11 de abril desestimó las impugnaciones presentadas contra las candidaturas del ex mandatario para estos cargos.

Los magistrados analizaron el recurso de apelación contra la decisión de la jueza Rengifo, presentado por el abogado Jorge Hernán Rubio, quien interpuso las impugnaciones a las candidaturas del ex gobernante, rechazadas inicialmente por la misma jueza.

El fallo de los magistrados es inapelable porque en materia electoral, no existe otra instancia pues corresponde al Tribunal Electoral definir esta materia por lo que los abogados del expresidente no podrán presentar al recurso a nivel nacional.

Ante esta decisión, Martinelli, no podrá correr ni para alcalde ni para diputado 8-8, cargos a los que había sido postulado por el partido Cambio Democrático.

Los magistrados decidieron 2 a 1 no admitir la impugnación contra la candidatura de Martinelli. Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá Votaron a favor; mientras que  Heriberto Araúz Sánchez, quien designado en el cargo por el expresidente Ricardo Martinelli, salvó su voto.

La demanda de impugnación se basaba en que, según Rubio, el ex gobernante no cumple con lo dispuesto en el numeral cinco del artículo 290 del Código Electoral, ya que no vivía en la ciudad de Panamá desde 2015, cuando de forma voluntaria salió del país.

El artículo 290 establece como uno de los requisitos para candidatos a diputados: ‘Ser residente del circuito electoral correspondiente, por lo menos, un año inmediatamente anterior a la postulación. Cuando se trate de postulación por el partido político, por lo menos un año antes de la fecha en que quede en firme su postulación a lo interno del partido político y, en el caso de candidato por libre postulación, de la fecha en que quede en firme la resolución de admisión de la postulación ante el Tribunal Electoral'.

Rubio en su apelación consideraba que la jueza Rengifo había tenido una “interpretación errónea” sobre el tiempo de residencia de Martinelli.

Indicó que la jueza fijó su controversia en un “aspecto equivocado” en que Martinelli tiene tiempo de residencia electoral requerido para aspirar el cargo, sin embargo, no es el punto a debatir.

Uno de los argumentos de Rubio era que el exmandatario, actualmente recluido en el Centro Penitenciario El Renacer (en juicio oral por el caso de los pinchazos), salió voluntariamente de Panamá en enero de 2015, y fijó su domicilio en Miami, Estados Unidos, y fue extraditado en junio de 2018.

“Esta controversia no trata si Ricardo Martinelli aparece como ciudadano en el padrón electoral, sí puede ejercer su voto o no en las elecciones del 5 de mayo del presente año. El tema que se discute es, si una persona que evidentemente no reside en la circunscripción y mucho menos en el circuito electoral por la cual está se candidatiza, puede o no ser postulada, peor aún, ser candidato a un puesto de elección popular..”, señala el recurso.

Rubio insistió en que Martinelli “no reúne, no cumple, no llena los requisitos que se contemplan tanto en la ley electoral y contra nuestra Constitución”.

Previo a esta decisión, los magistrados del TE ya habían considerado “no probado” el incidente de recusación interpuesto por Alma Cortés, abogada del expresidente Ricardo Martinelli, contra los magistrados Alfredo Juncá y Eduardo Valdés Escoffery, tras la apelación presentada por el abogado Rubio, a la decisión de la juez Rengifo de desestimar la impugnación contra las dos candidaturas del ex mandatario.

En lugar de Martinelli, La comunicadora social Omayra "Myin" Correa correrá para diputada del circuito 8- por los partidos Cambio Democrático y Alianza, sin suplente.  Para la alcaldía de Panamá, Sergio "Chello" Gálvez por ambos partidos.

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