• 08/09/2021 00:00

Demolición de edificios: una voz de alarma

“Recordemos que el patrimonio histórico de la nación es irreemplazable y que este tiene un valor cultural […]”

En Panamá, las demoliciones no son nada nuevo y se efectúan para preservar la salud y seguridad de las personas, o por otros motivos, solo recordemos la demolición de la Cárcel Modelo (1996) en El Chorrillo, de la cual se hizo un “show” mediático, y el de la antigua sede de la Embajada de Estados Unidos de América (2011), ubicada en la avenida de Balboa.

Cuando se anuncian demoliciones, no faltan las reacciones, en unos de indiferencia o de descontento, en las que se suman en este último las quejas de parte de la ciudadanía que se opone al derribo de estos, dado que considera que se afecta la memoria histórica del país.

Y a propósito de las demoliciones de edificios históricos en la ciudad de Colón y de la propuesta legislativa en la Asamblea Nacional, se ha abierto nuevamente un debate sobre la necesidad de la conservación y protección del patrimonio histórico.

Y si preguntamos por regulaciones, estas no faltan, tenemos de orden administrativo y penal, aunque, en este momento, valga señalar que no todos los edificios históricos han sido declarados patrimonio histórico por la Dirección de Patrimonio Histórico Nacional del Ministerio de Cultura, pues solo son aquellos que tienen importancia y valor histórico que lo justifique.

En ese contexto, el Casco Antiguo de la Ciudad de Colón (2002) fue declarado Conjunto Monumental Histórico, y forman parte de este los que aparecen en el listado de edificaciones protegidas, y en cuanto a su protección y conservación le compete a la Dirección de Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, aunque todos sabemos que esto es una tarea difícil, pero necesaria, si queremos que nuestros legados históricos no desaparezcan.

Por lo que respecta a la legislación penal, se establecen sanciones que comprenden, entre otras, la excavación, extracción y la comercialización de huacas y piezas arqueológicas, y en general objetos de patrimonio histórico, al igual que su traslado al exterior (art. 231), la posesión de objetos de patrimonio histórico (art. 234) o el quedarse con objetos luego de haberlos sacado con autorización del territorio con fines de exhibición (art. 233).

¿Y qué se entiende por patrimonio histórico de la nación? De conformidad con la Constitución (art. 85), son los “sitios y objetos arqueológicos, los documentos, monumentos o inmuebles que sean testimonio del pasado panameño”, y a manera de ejemplo, podemos señalar que el sitio arqueológico de Panamá Viejo y el distrito histórico de Panamá, entre otros, se constituyen como patrimonio mundial de la humanidad.

Ahora bien, en cuanto a las recientes demoliciones en la ciudad de Colón, también la legislación penal castiga a quienes destruyen el patrimonio histórico sin autorización de autoridad competente, de ahí que tales hechos, en principio, puedan constituir delito, siempre y cuando la Dirección de Patrimonio Histórico haya declarado que esos edificios históricos demolidos son considerados como patrimonio histórico de la nación, y esto es fundamental, porque en la Ley se puntualizan algunos edificios, pero también se declaran como monumentos históricos manzanas completas de la ciudad de Colón.

Nadie discute que la demolición de edificios históricos en ruina amerite, cuando se pone en riesgo la seguridad de las personas, y que a la vez pueda tener un interés público urbanístico, sin embargo, es preocupante este tipo de actos.

Por consiguiente, es necesario lanzar la voz de alarma a las instituciones encargadas de su conservación y protección para evitar que este tipo de situaciones se convierta quizás en una excusa o en una rebelión contra monumentos, y con ello ni siquiera pueda escaparse la estatua de Vasco Núñez de Balboa o la torre de Panamá La Vieja.

Recordemos que el patrimonio histórico de la nación es irreemplazable y que este tiene un valor cultural, y que, como haya indicado el escritor Luis Sepúlveda, “necesitamos conocer nuestro pasado para seguir construyendo nuestro presente y poder imaginarnos nuestro futuro”.

Catedrática de Derecho Penal, UP.
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