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Estado de urgencia en Bocas del Toro | Te explicamos en qué consiste la suspensión de garantías constitucionales

- 20/06/2025 13:12
El artículo 55 de la Constitución Política de la República de Panamá establece el marco legal que permite al Estado tomar medidas excepcionales para proteger la paz y el orden público en situaciones de crisis. Esta disposición contempla la posibilidad de declarar un estado de urgencia, una figura constitucional que habilita al Órgano Ejecutivo a suspender ciertos derechos fundamentales de manera temporal.
¿Cuándo se puede declarar el estado de urgencia?
El estado de urgencia puede ser declarado en dos escenarios:
- Guerra exterior.
- Perturbación interna que amenace la paz y el orden público (Este es el caso de Bocas del Toro)
Esta declaración puede aplicarse a todo el país o solo a una parte del territorio nacional, dependiendo de la magnitud de la situación.
¿Qué derechos pueden ser suspendidos?
Durante el estado de urgencia, se pueden suspender total o parcialmente los efectos de los siguientes artículos constitucionales:
Art. 21 al 23: Derechos relacionados con la libertad personal y la inviolabilidad del domicilio.
Art. 26 y 27: Libertades de tránsito y residencia.
Art. 29: Protección contra detención arbitraria.
Art. 37 y 38: Libertades de pensamiento, expresión, reunión y asociación.
¿Quién toma la decisión?
La declaración del estado de urgencia y la suspensión de derechos deben hacerse mediante decreto del Órgano Ejecutivo, acordado en Consejo de Gabinete.
¿Qué papel tiene la Asamblea Nacional?
Si el estado de urgencia se extiende por más de diez días, la Asamblea Nacional debe:
- Conocer del decreto de estado de urgencia.
- Confirmar o revocar, total o parcialmente, las decisiones adoptadas por el Consejo de Gabinete.
Además, cuando cesa la causa que originó la medida, corresponde también a la Asamblea, si está reunida, evaluar el levantamiento del estado de urgencia.