Hijos de migrantes sin nacionalidad

PANAMÁ. A pesar de que podría haber sido el escenario ideal, en la recién culminada Cumbre Iberoamericana no se debatió a profundidad la...

PANAMÁ. A pesar de que podría haber sido el escenario ideal, en la recién culminada Cumbre Iberoamericana no se debatió a profundidad la situación de cientos de miles de migrantes que han quedado en el limbo debido a un fallo emitido por el máximo tribunal de República Dominicana.

El documento ha generado una gran preocupación, especialmente en la diáspora haitiana, pues éste tribunal puso a un considerable número de ciudadanos dominicanos de ascendencia haitiana —entre 300 mil a 500 mil personas— en una situación de apátrida.

La problemática, no obstante su gravedad, no fue puesta sobre la mesa en las conversaciones presidenciales, anexos o la Declaración de Panamá durante la Cumbre.

Con el fallo emitido el pasado 23 de septiembre, se desconoce la nacionalidad a los hijos de padres extranjeros en situación migratoria irregular que hayan nacido a partir de 1929 en República Dominicana. En palabras cortas, convierte en ilegales a los ciudadanos haitianos y a sus hijos nacidos en Dominicana, puesto que ahora son considerados como hijos de personal en ‘tránsito’, situación que los ha dejado sin ciudadanía pese a haber nacido y vivido en ese país toda su vida.

Hijos de migrantes haitianos, en su mayoría jornaleros que trabajan en los cuatro principales ingenios, se han dedicado desde principios de siglo a mover la industria azucarera con su mano de obra. Pero a partir del fallo de la Corte, tres generaciones se encuentran prácticamente sin derecho a una nacionalidad.

Las autoridades dominicanas basan su decisión en el principio de que el derecho a suelo no está contemplado en la Constitución de 1929 y por ende, no ampara a los hijos de padres extranjeros que realizan labores en República Dominicana.

No obstante, hasta el 2010 éste gobierno otorgaba la ciudadanía dominicana en forma automática a las personas nacidas en su territorio, pero ahora el gobierno se apresta a implementar un plan nacional de regulación de extranjeros ilegales radicados en esta nación en un acto de plena soberanía.

El fallo ha generado gran polémica en los organismos de defensa de los derechos humanos, y por supuesto en la embajada de Haití en República Dominicana, que reaccionó enérgicamente ante la decisión: ‘esta sentencia de la Corte Constitucional dominicano también contradice la decisión tomada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 08 de septiembre de 2005 en el caso de ‘Yean y Bosico’.

En el caso Bosico se estableció que ‘el estatus migratorio de una persona no se transmite a sus hijos, y la condición del nacimiento en el territorio del Estado es la única a ser demostrada para la adquisición de la nacionalidad, en lo que se refiere a personas que no tendrían derecho a otra nacionalidad, si no adquieren la del Estado en donde nacieron’.

La posición haitiana agrega que se trata de un gran precedente que pone en riesgo la seguridad jurídica, siendo ésta una medida violatoria a los compromisos internacionales a los cuales están suscritos los Estados.

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