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- 16/07/2025 00:01
El magistrado del Tribunal Electoral, Luis Guerra, recordó ayer martes que el tema del fuero penal electoral es delicado, sin embargo, no debe ser permanente.
Guerra planteó que el fuero penal electoral debe estar vigente solo en el periodo en que el candidato esté en firme, o sea, que sería por unos seis o siete meses.
Añadió que ese fuero sería solo para el periodo en que esté compitiendo el candidato a un puesto de elección popular.
Según el criterio del magistrado, los presidentes o secretarios de los partidos políticos no deberían contar con ese fuero.
Guerra ofreció sus declaraciones en Telemetro Reporta, en donde explicó el trabajo que realiza la Comisión Nacional de Reformas Electorales.
Para el magistrado, los principales retos durante este periodo de reformas electorales es el artículo No. 33 del Código Electoral, que regula que los funcionarios deben separarse de sus cargos si aspirasen a un cargo de elección.
“Ya se han efectuado cambios fundamentales como posibles reformas”, recordó.
Guerra aprovechó para recordar que los que tienen la última palabra en el tema de las reformas electorales son los diputados en la Asamblea Nacional.
En cuanto al tema del financiamiento público Guerra manifestó que la comisión verá el tema durante sus sesiones de los jueves.
El magistrado planteó que el financiamiento público debe efectuarse de forma equitativa y recalcó que debe existir equidad e igualdad de condiciones.
Guerra no está de acuerdo con ese 7 % de financiamiento público que se les otorgó a los candidatos por la libre postulación.
Sobre la disposición que existe de que si el candidato no quiere utilizar el subsidio se lo puede donar a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, dijo que esa norma será revisada en la comisión.
Para Guerra, ese dinero no debe ser entregado ni a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología ni a otra entidad, sino que tiene que ser devuelto al Estado panameño.
Durante las últimas semanas se ha presentado una ola de solicitudes de revocatoria de mandato contra autoridades, entre los que se encuentran alcaldes, representantes y diputados. Una medida pensada que permite a los ciudadanos retirar a un funcionario elegido de su puesto, en caso de no haber cumplido con la norma.
Un mecanismo democrático que, a juicio del magistrado Guerra, es explícito en cuanto al procedimiento para revocar, pero falta claridad al momento de establecer las causales. En el caso de los partidos políticos, la revocatoria opera en función de los estatutos del colectivo, mientras que aquellos que fueron elegidos por la libre postulación no tienen una regulación de las causales.
“La Constitución manda al Tribunal Electoral a reglamentar este tema. El pleno [anterior] solo se quedó en la parte formal”, dijo hoy Guerra en Telemetro Reporta. Detalló que solo se habla del porcentaje de firmas en relación con el padrón total en el circuito en cuestión, pero no definió causales reales. “Eso es temerario para los diputados, porque puedo estar al vaivén de mis contrarios”, dijo.
Al menos siete solicitudes de revocatoria de mandato se han presentado contra diputados, representantes, alcaldes y vicealcaldes, entre ellos, el alcalde de la Ciudad de Panamá, Mayer Mizrachi.