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- 02/02/2024 00:00
Desde este lunes 5 de febrero entra a regir la prohibición de la propaganda o publicidad estatal y de los gobiernos locales en todos los medios de comunicación social, incluyendo la de los contratistas del Estado en el ámbito nacional y local, para promover avances o culminación de obras.
Esta norma es parte de las restricciones establecidas en el Código Electoral previo a las elecciones generales del 5 de mayo próximo las cuales se aplicarán en los medios de difusión privados y estatales, salvo las excepciones contenidas en el Código Electoral.
La norma incluye las vallas y publicidad fija que se encuentre instalada, por lo que las entidades públicas nacionales y locales deberán retirar o hacer retirar las mismas, a más tardar a la medianoche del domingo 4 de febrero.
Se permitirá la propaganda o publicidad estatal cuando se requiera informar temas de importancia nacional, como campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases y conmemoración de un día por disposición legal.
También serán permitidas en situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiere informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas y en la convocatoria de actos por mandato legal.
De este prohibición se exceptúan al Tribunal Electoral, a la Fiscalía Electoral y a otras instituciones públicas cuyos servicios requieran de publicidad para realizar sus anuncios y publicar información de cualquier índole a la ciudadanía, las cuales deberán registrarse previamente en el Tribunal Electoral para la autorización correspondiente.