Después de construir una vida juntos, la ley no debería tratarnos como extraños

  • 31/05/2026 00:00

Hace cuarenta años. ¿Cuántos matrimonios duran cuarenta años hoy en día? El nuestro sí. Sin embargo, vivimos en Panamá, donde la vida que hemos construido juntos durante las últimas cuatro décadas sigue sin ser reconocida.

Nos casamos legalmente en Chicago en 2014. Cuando llegó el momento de pensar en la jubilación, fui yo quien insistió en Panamá, un país al que había llegado a amar y donde Álvaro nació y creció. Por mucho que adoráramos Chicago, sus crudos inviernos ciertamente no nos querían a nosotros. Tampoco hacía daño que Panamá sea considerado uno de los mejores lugares del mundo para retirarse. Pero aquí, no solo nuestro matrimonio, sino también nuestros derechos civiles como miembros de la comunidad LGTBIQ+, quedarían sin reconocimiento.

Si hubiéramos sido una pareja heterosexual, registrar nuestro matrimonio en Panamá habría sido sencillo. Pero, a pesar de llevar más de treinta años juntos en ese momento y de estar legalmente casados en otro Estado miembro de la OEA, nuestros derechos nos fueron negados.

En 2017, nos invitaron a participar en una demanda civil en Panamá para que se declarara inconstitucional el artículo 26 del Código de la Familia, que regula el matrimonio, por considerarlo discriminatorio. Según la Constitución panameña, debíamos recibir un trato igualitario, pero claramente se nos impedía que nuestro matrimonio fuera reconocido.

Aceptamos participar con entusiasmo. Muchas otras parejas a las que se les había solicitado unirse a la demanda declinaron hacerlo por temor a represalias de sus empleadores o de la sociedad; Panamá no cuenta con protecciones de derechos civiles para las personas LGTBIQ+. Como nuestro plan era jubilarnos en Panamá, no dependíamos de la aprobación de ningún empleador ni temíamos la reacción de nuestras familias, que años atrás nos habían aceptado con cariño como pareja. ¿Y la opinión del público? Francamente, no nos importaba. Como dice el dicho: quien no arriesga, no gana. La Corte Suprema de Justicia de Panamá admitió nuestra demanda. Otras tres parejas también participaron.

Durante siete años esperamos una decisión. Finalmente, el 16 de febrero de 2023, a pesar de la opinión consultiva emitida en 2018 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que instaba a los Estados miembros a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, la Corte Suprema de Panamá concluyó que dicho matrimonio no está reconocido como un derecho humano fundamental bajo la legislación nacional.

El caso fue remitido de inmediato a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que lo admitió. Tres años después, seguimos sin saber si podremos llevarlo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Dónde nos deja eso a nosotros y a las miles de personas que viven en Panamá y desean recibir un trato igualitario por parte de su gobierno? Existen numerosos derechos y beneficios que las parejas lesbianas y gays han logrado conquistar en otros países y que simplemente no existen en Panamá. Algunos pueden obtenerse mediante costosos mecanismos legales. Otros, sencillamente, no están disponibles.

Si dos personas desean adquirir una propiedad en conjunto en Panamá, incluyendo un automóvil, deben estar relacionadas por lazos de sangre o por matrimonio. Existe una alternativa: constituir una sociedad anónima o crear un fideicomiso. Aunque ambas opciones ofrecen sólidas protecciones legales y permiten comprar bienes conjuntamente, los costos de honorarios legales, trámites registrales, notarías y mantenimiento anual hacen que esta solución sea inaccesible para muchas personas.

La pareja sobreviviente de una relación del mismo sexo cuyo compañero o compañera fallezca sin haber otorgado testamento puede encontrarse literalmente en la calle. Los familiares, incluso aquellos con quienes el fallecido no mantenía relación, tienen todos los derechos sobre sus bienes y pueden exigir que la pareja sobreviviente abandone el hogar. Si bien esta norma también afecta a parejas heterosexuales no casadas, ellas sí tienen la posibilidad de contraer matrimonio.

En una emergencia médica, una pareja del mismo sexo no tiene derecho a tomar decisiones sobre la atención de su ser querido enfermo ni a administrar sus asuntos financieros, a menos que haya contratado previamente a un abogado para redactar los poderes correspondientes. Tristemente, muchas parejas del mismo sexo en Panamá no están preparadas para esta realidad, ya sea porque no pueden costear asistencia legal o porque desconocen la situación.

Las parejas sobrevivientes tampoco tienen derecho a acceder a las pensiones de sus seres queridos fallecidos, a diferencia de un cónyuge legalmente reconocido. Tampoco pueden beneficiarse de planes familiares para adquirir seguros médicos. Existen muchas otras desventajas, pero el espacio de este artículo es limitado.

Muchos panameños afirman con rapidez que en Panamá no existe discriminación contra las personas LGTBIQ+, pero suelen hacerlo desde el desconocimiento. Al entrar a la ciudad por una de las principales autopistas, se puede ver un letrero que dice: “Tolerancia”. Esa palabra resume bastante bien la actitud predominante. Tolerar significa soportar o aceptar la existencia de alguien. No significa apoyarlo social, legal o profesionalmente. La “tolerancia” debe transformarse en “igualdad para todos”.

Alianza Fundación Iguales – La Estrella de Panamá

* Los autores son activistas