Las reglas de elecciones del CON del país

Actualizado
  • 04/07/2012 02:00
Creado
  • 04/07/2012 02:00
Cuando estamos tratando con miembros del CON de Panamá que tienen una vocación para mentir, hay muchas dudas razonables de que pese a qu...

Cuando estamos tratando con miembros del CON de Panamá que tienen una vocación para mentir, hay muchas dudas razonables de que pese a que en la reunión en Lausana aceptaron respetar las reglas de elecciones de diciembre, en el plano de la realidad lo respetarán o lo cumplan. Sustento: Una carta de Mario Vázquez Raña, fechada el 11 de febrero de 2011, a Miguel Sanchíz Jr., es una prueba irrefutable de la falta de credibilidad del COP.

MVR le dijo: ‘Al leer el acta de su Asamblea General a que me he referido, no se abordan con profundidad los aspectos principales del problema; no se exponen los fundamentos de los acuerdos adoptados en la reunión que sostuvimos en México el pasado 26 de enero 2011’. En marzo de 2012, el COP convocó una conferencia de prensa, y a toda boca, Fernando Samaniego dijo: ‘ MVR nos tiene retenido 500 mil dólares que brinda Solidaridad Olímpica a los atletas’. El presidente de la ODEPA envió un informe detallado que desmintió lo dicho, en donde refleja que desde el 21 de mayo 2008 al 20 de enero 2011, el COP recibió $473,333.09 , y que un saldo de $127,500.00 fue devuelto a ‘SO’ en Lausana. El presidente de la ODEBO, Danilo Carrera, llamó mentiroso a Miguel Sanchíz Jr.

Otros puntos de las Reglas de Elecciones de la junta directiva del COP en diciembre, que deben conocer. Punto 8: ‘ Todas las federaciones/asociaciones nacionales, todos sus delegados y todos los miembros permanentes deben pasar por un proceso de verificación y revisión de su efectiva condición de miembro aportando la documentación justificativa suficiente, y todo ello, para garantizar que efectivamente tienen derecho a participar según las reglas del Movimiento Olímpico y en aplicación estricta de los Estatutos del COP’. ¿Respetará Samaniego que controla los miembros permanentes, que el Artículo 5.1.4 de los Estatutos del COP del 2002 que se usará en las elecciones dice: ‘Podrán ser escogidos un máximo de cinco Miembros Permanentes por periodo’, y que en el 2008-2012, ellos han nombrado 13 permanentes, lo que indica que 8 que deben ser los últimos nombrados, son ilegales?.

Punto 9º : ‘En caso que hubiera disputa sobre la representatividad de las federaciones nacionales ante el COP, el COI garantiza que una misión especial e independiente de la respectiva ‘FI’, será llamada para que visite el país y decida cual de los órganos o personas en disputa debe ser reconocida por la respectiva FI para ostentar la representatividad de la federación ante el COP y ser su legítima afiliada’. Punto 11. ‘Se acordó que todas las decisiones adoptadas en el seno del Comité Olímpico en cuando a la configuración del censo y la admisión o no de cualquiera de las federaciones/asociaciones, delegados de las mismas y miembros permanentes, podrá ser impugnada ante una comisión especial ad hoc constituida por personas totalmente independientes del COP, y de las federaciones/ asociaciones nacionales, que tendrá la facultad de resolver los conflictos previo a elevarlo al TAS-CAS’. Punto 12 ‘Se acordó que todas las federaciones/asociaciones que no disponen en estos momentos de delegados o de uno de los delegados con mandato en vigor en la Asamblea del COP, están facultadas para nombrar a su o sus delegados en cualquiera de las asambleas que se vayan a desarrollar desde este momento. Se informará sobre que vacantes existen actualmente en la asamblea del COP una vez que se verifiquen los datos que la Misión ha obtenido. Si alguno de ellos no fuera admitido, será el órgano de supervisión externo el que decidirá al respecto’. Tomen nota. Así es.

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