El Barcelona cree que el TAD ha resuelto 'con inusitada celeridad'

Actualizado
  • 05/01/2023 00:00
Creado
  • 05/01/2023 00:00
El Barcelona, pese a considerar que le asiste la razón 'y que existe una evidente desproporción en la sanción impuesta', ha decidido acatar finalmente la resolución del TAD
El delantero polaco del FC Barcelona Robert Lewandowski

El FC Barcelona cree que el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAD), que este miércoles ha ratificado la sanción de tres partidos al delantero Robert Lewandowski, ha dictado la resolución “con inusitada celeridad y sin cumplimentar los trámites procedimentales que, hasta ahora, siempre venía respetando”.

El pasado 29 de diciembre, el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 2 suspendió cautelarmente la sanción a Lewandowski, que pudo disputar el derbi liguero ante el Espanyol en Spotify Camp Nou (1-1). Este hecho provocó que el club blanquiazul solicitara a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) la impugnación del partido por alineación indebida del atacante azulgrana.

Sin embargo, el TAD se reunió este miércoles para fallar sobre el fondo del recurso interpuesto por el Barcelona y ratificó la sanción de tres partidos que el Comité de Competición de la RFEF impuso al internacional polaco tras su expulsión ante Osasuna.

El Barcelona, pese a considerar que le asiste la razón “y que existe una evidente desproporción en la sanción impuesta”, ha decidido acatar finalmente la resolución del TAD.

Lewandowski, por tanto, cumplirá ante Atlético de Madrid, Betis y Getafe, los tres encuentros de suspensión con los que fue castigado después de que Gil Manzano lo expulsara durante el encuentro ante el conjunto navarro, disputado la última jornada previa al Mundial de Qatar 2022.

El jugador, tras ver la segunda amarilla, hizo un gesto aparentemente de desconsideración antes de retirarse del césped, que el árbitro registró en el acta.

Las alegaciones del Barcelona no fueron atendidas por los comités federativos y tampoco prosperó el recurso ante el TAD, ya en diciembre, que le negó la suspensión cautelar de la sanción, circunstancia que sí que prosperó ante la justicia ordinaria.

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