Complejidades del retador mandatorio

Actualizado
  • 03/09/2008 02:00
Creado
  • 03/09/2008 02:00
PANAMÁ.Los organismos que rigen el boxeo han establecido algunas normas que parecen reñir con la legitimidad del deporte. El tema de los...

PANAMÁ.Los organismos que rigen el boxeo han establecido algunas normas que parecen reñir con la legitimidad del deporte. El tema de los supercampeones, campeones interinos, campeones regulares, campeones en receso, campeones eméritos y toda una lista de campeonatos, evidencia un especial interés por incrementar sus fondos, en detrimento de la jerarquía del boxeador.

El último invento que nos ofrecen las autoridades que rigen el boxeo mundial establecela nueva figura del “retador mandatorio”.

Como sé que habrán lectores que no están muy familiarizadas con estos términos, trataremos de explicar de una manera sencilla los antecedentes y la actualidad del fenómeno.

Con el nacimiento organizado del boxeo profesional a inicios del siglo pasado, surgieron los organismos rectores que avalaron las peleas de campeonato mundial y establecieron lo que hoy conocemos como las “clasificaciones”, que son las listas de boxeadores destacados de cada categoría, que son “elegibles” para pelear con el campeón en disputa de la corona.

En los inicios la lista era de 10. Hoy día, por el desarrollo y popularización del boxeo, ha aumentado a 15. Me parece bien.

De esos 15 boxeadores, el principal es, lógicamente, el número uno. Como su nombre lo indica, es el “número uno” de todos los retadores al campeón y, por ende, el mejor, el más destacado, el de mejor ejecutorias, etc?

El campeón tendrá indefectiblemente que enfrentar a ese “número uno”. Es algo que no podrá evadir. No obstante, hay reglas claras que regulan las defensas del campeón. Existen las llamadas “defensas mandatorias” y las llamadas “defensas opcionales”.

Para pelear con el mandatorio, el campeón cuenta con un período de tiempo determinado. Antes que se venza el término, el campeón podrá hacer defensas opcionales con cualquiera de los otros 14 retadores. Aquí entran aspectos de negociaciones, de ofertas y demandas entre las partes.

El clasificado número uno, al llegar a esa privilegiada posición, adquiere algunas prerrogativas que ninguno de sus congéneres clasificados tiene, y es que, obviamente, el campeón tendrá que pelear con él “quiera o no quiera”. Si no se llegase a un arreglo entre las partes, la pelea iría a subasta. Aquí el principio es legítimo, y es que el retador número uno ha llegado a esa cimera posición por sus méritos y tiene derechos indiscutibles a combatir por la corona.

Creo que hasta ahora, todo está claro. ¿Dónde viene el problema?

El asunto es que hoy día, según propias palabras de quienes dirigen los principales organismos rectores del boxeo, (agárrese con esto que le voy a decir) “El retador número uno no es necesariamente el retador mandatorio”.

Ya no sirve de nada ser el número uno de las listas mundiales, si a la vez, el organismo no te extiende un certificado donde diga que eres el “retador mandatorio” del campeón de esa categoría. ¡Habrase visto semejante incongruencia!

Es casi un dilema shakespierano?”Ser o no ser, esa es la cuestión”, pero, por favor, como se puede no ser algo que se es!!!!

Para quien esto escribe, es algo sencillo. Un boxeador que es el número uno de la clasificación, es a la vez el retador mandatorio, ya que para eso fue clasificado en ese lugar. Si no fuese así, ¿qué sentido tiene haberlo colocado a la cabeza de los 15 mejores?

Entonces, ¿Por qué tiene que ser ratificado por un consejo ejecutivo? ¿Para qué sirve el criterio del comité de clasificaciones? Esto se presta a malas interpretaciones.

Bien pareciera que se busca una argumentación para manipular peleas de campeonato en vías de favorecer o perjudicar a tal o cual boxeador, o para satisfacer las aspiraciones de promotores importantes.

No puedo comprender cómo han llegado a este punto. Y cuando se les increpa sobre el tema, con la facilidad temática con la que suelen responder a las críticas, sacan un reglamento y señalan el artículo, el acápite y el parágrafo, que sustenta lo actuado, pero se olvidan del “sentido común” y parecen no recordar que el juez supremo es el fanático que paga por ver los espectáculos de boxeo.

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