Impulsan la opción de compra de inmuebles en áreas revertidas

Actualizado
  • 25/05/2017 18:03
Creado
  • 25/05/2017 18:03
Todos aquellos arrendatarios de viviendas en áreas revertidas con un mínimo de cinco años de ocupación podrán adquirir la vivienda

Los arrendatarios de viviendas en las áreas revertidas que cuenten con un mínimo de cinco años ocupando un bien tendrán la primera opción de compra sobre éstas, informó Luis Felipe Icaza, secretario ejecutivo de la Unidad de Bienes Revertidos (UABR), una instancia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

En las áreas revertidas existen 391 viviendas arrendadas y de este total, el 81% están en el Atlántico y el 19% en el Pacifico. La medida se da en cumplimiento del Decreto Ejecutivo N° 4 de 17 de enero de 2017.

El Decreto también ordena actualización legal de los ocupantes a través de un nuevo contrato en el que mantendrán el actual canon de arrendamiento por un periodo de dos años, tiempo  estimado para  concluir el proceso de compra.

“La intención del Estado es resolver la problemática social de este segmento de la población que, por años, ha esperado se cumpla con dicha adquisición del bien que ocupan”, expresó  Icaza.

Los interesados deben cumplir además con requisitos como un informe social emitido por personal idóneo, estar al día en el pago de arrendamiento o en el arreglo de pago, ser panameño de nacimiento o naturalizado.

Únicamente permitirán la compra de una vivienda por arrendatario.

Para mayor información visite: www.areasrevertidas.gob.pa

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