Economistas cuestionan régimen de exoneración fiscal para ‘call centers'

Actualizado
  • 18/09/2018 02:00
Creado
  • 18/09/2018 02:00
Los economistas consideran que no se debe exonerar a ninguna empresa privada so pretexto de estimular el empleo. Los impuestos se requieren para el Estado y las obras

La semana pasada, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley 653 que regula la actividad de los centros de llamadas ( call centers ) para uso comercial y que además favorece a estas empresas con exoneración del pago fiscal.

El instrumento jurídico que reglamenta todo lo relacionado a la industria de los call centers ha sido cuestionado por los especialistas, quienes consideran que el cobro de impuestos es vital para soportar las inversiones del gobierno y por ser injusta con las empresas nacionales en detrimento de las extranjeras.

Impuestos para los centros de llamadas

Las personas naturales o jurídicas que cuenten con una concesión para prestar el servicio de centro de llamadas para uso comercial emitida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos quedarán sujetas al pago de los impuestos:

l. Impuesto de dividendos al 5%. independientemente de la fuente de origen y pagarán sólo el 2% del impuesto complementario, en caso de que no haya distribución de utilidades respecto de las utilidades derivadas de los servicios amparados bajo la concesión para prestar el servicio. Para estos efectos deberán mantener registros contables y documentos que reflejen claramente las operaciones asociadas a la actividad de call center .

2. Impuesto anual, que será el 0.5% del capital de la empresa con un mínimo de $100.00 y un máximo de $50,000.00.

3. Impuesto Selectivo al Consumo de Ciertos Bienes y Servicios.

4. Fondo Especial de Compensación de Intereses. salvo en los préstamos garantizados con depósitos bancarios.

5. Contribuciones derivadas de las relaciones de trabajo entre empleador y trabajador y demás prestaciones que establece la legislación de seguridad social.

6. Impuesto de Transferencia de Bien Inmueble.

7. Impuesto de Inmuebles

El financista y docente universitario Allan Corbett cree que ‘ninguna empresa debe tener exoneración de ningún tipo', porque ‘el gobierno tiene problemas de déficit fiscal'. Panamá registra un déficit de 1.6% hasta junio 2018.

Por su parte, el economista Rolando Gordón dijo no estar de acuerdo con la exoneración de impuestos a los centros de llamadas, porque ya ‘hay una gran cantidad de empresas extranjeras y multinacionales que no pagan impuestos y las nacionales sí. Hay que ser justos. Así que por qué le vamos a dar exoneraciones a los call centers. Que es un servicio internacional, sí, pero que paguen sus impuestos', indicó Gordón.

Y es que con el proyecto de ley quedarán libres de algunos impuestos directos e indirectos, contribuciones, tasas, derechos y gravámenes nacionales todas las personas naturales o jurídicas que cuenten con una concesión para prestar el servicio de centros de llamadas, emitida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).

Estarán exonerados del impuesto sobre la renta, en un período fiscal, los ingresos derivados de los servicios amparados por la concesión para prestar el servicio de centro de llamadas para uso comercial emitida por la ASEP, siempre que en el período se cumpla con los requisitos establecidos.

Estos requisitos son: haber mantenido un promedio no menor de cinco trabajadores a tiempo completo; haber incurrido en gastos de operación en Panamá por no menos del 70% del total de los gastos directamente relacionados a estos servicios; y someterse a lo señalado en el artículo 5 de esta Ley (dentro del primer semestre de cada año calendario deberán presentar ante la ASEP un reporte). Esto a partir de 2019.

El proyecto de ley especifica que en caso de no cumplir con los requerimientos enunciados, los ingresos derivados de los servicios amparados bajo la concesión serán considerados como ingresos gravables para efectos del impuesto sobre la renta, de acuerdo con la tarifa establecida en el Código Fiscal de Panamá.

La normativa permitirá garantizar la competitividad y diversificación de la economía, atraer inversión extranjera directa y generar empleos, según explicó la ministra de Economía y Finanzas, Eyda Varela de Chinchilla.

Sin embargo, Corbett opina que el gobierno no debe dar exoneración a ninguna empresa privada so pretexto de estimular el empleo, pues ‘toda inversión tiene sus riesgos'.

A respecto, Gordón agregó que el argumento de que se va a exonerar de impuestos a los centros de llamadas para crear empleos ‘no es verdad', pues recordó que ‘toda empresa que va a un país tiene que crear empleos'.

Asimismo, señaló que cuando un inversionista (de call center ) se va a instalar a un país no es para que le quiten los impuestos, sino por las facilidades que le ofrece en torno a su posición geográfica y la capacidad de fibras ópticas. ‘No van al país para que le quiten o no los impuestos. Eso es secundario', sostuvo.

Por su lado, Corbett considera que la exoneración fiscal va en contra de la igualdad en los negocios y señala que ‘si el mercado no da para esa operación, entonces no la realice... Pero sabemos que eso no es cierto... es beneficiar a alguien o algunos cercanos al gobierno'.

El financista considera que eso se ajusta siendo eficiente y aplicando tecnología ‘no' eliminando impuestos. Además, añadió que esos centros de llamadas muchas veces son virtuales.

‘Los empleados son de otros países o bien su comunicación es virtual y su presencia física es sólo de coordinación técnica por enlaces. Lo que están buscando es el paraíso fiscal de sus operaciones', arguyó.

Gordón concluyó que ya es tiempo de que Panamá cambie esa política y hacer que todos paguen sus impuestos, porque se necesitan. ‘Los impuestos son los que usan para hacer obras y el Estado vive de los impuestos que se pagan', puntualizó Gordón.

El proyecto de ley explica que en Panamá las normas que regulan la actividad de call centers estaban dispersas en distintas leyes aprobadas, lo que generaba poca transparencia o claridad para los operadores económicos. ‘Esta nueva norma se constituye en una herramienta vital tanto para los particulares como para el gobierno, al ser el marco regulatorio general', indica.

La Ley 653 desarrolla el régimen fiscal aplicable, como requisitos migratorios y laborales que aplican a las personas naturales o jurídicas que se dediquen a esta actividad, y elimina el tratamiento fiscal diferenciado para las operaciones internas y externas, estableciendo una tasa neutra de cero por ciento de impuesto sobre la renta a la utilidad generada por la operación comercial.

El proyecto de ley se creó con miras a cumplir con los estándares de transparencia fiscal internacional, tales como la firma de la Convención Multilateral de Asistencia Mutua (MAC), adherencia al Marco Inclusivo del Proyecto denominado Erosión de la Base Imponible y el Traslado de los Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) con el firme compromiso de cumplir con los estándares mínimos de la iniciativa, además del intercambio automático de información, de acuerdo a los requerimientos promovidos por el Estándar Común de la OCDE (Common Reporting Standard).

En Panamá, los centros de llamadas generan más de 8 mil plazas de trabajos y ofrecen los mismos beneficios que en otros países de la región, por lo que la legislación busca mantener la competitividad de la industria.

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