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Gobierno extiende por seis meses más el margen de comercialización de productos más usados en pandemia
- 04/01/2022 15:48
El Gobierno Nacional extendió por seis meses más el Decreto Ejecutivo 114 de 13 de marzo de 2020 que establece el porcentaje de margen bruto de comercialización por unidad, sobre el precio de venta de las mascarillas desechables en 15 % y en 23% de diez productos de aseo personal, higiene y consumo de primera necesidad en esta pandemia.

Así quedó establecido mediante Decreto Ejecutivo 103 de 30 de diciembre de 2021, del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), publicado en la Gaceta Oficial No. 29445-C. El documento modifica el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo 114 de 13 de marzo de 2020 quedando de la siguiente manera: “La duración de este decreto se prorroga por seis meses más. El Órgano Ejecutivo podrá prorrogar la medida mientras persistan las condiciones de mercado que la originaron”, dice textualmente el nuevo decreto.
Según el documento, el Ministerio de Salud estima necesario mantener las medidas de mitigación de la covid-19, por lo que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) consideró que estos 11 productos continuarán teniendo alta demanda en la población y recomendó prorrogar por seis meses más la vigencia de este decreto.
En ese sentido, la Acodeco informó que verifica que se cumplan los márgenes de comercialización establecidos del 15% para mascarillas desechables y del 23 % para los otros 10 productos (producto antibacterial o antimicrobial, gel alcoholado o antibacterial, alcohol para uso externo, jabón antibacterial en barra o líquido, desinfectantes pañuelos desechables, desinfectantes en aerosol, vitamina C, guantes desechables y paños húmedos).
Las multas por incumplimiento de estos márgenes de comercialización fueron el principal motivo de las sanciones impuestas, en primera instancia de la Acodeco, durante el año pasado. Se impusieron 761 multas por un valor total de $883,062.
La Acodeco aplica multas ejemplares e inmediatas, a los agentes económicos infractores del margen bruto de ganancia, en los artículos de higiene personal y limpieza. Entre los mayores sancionados, se encuentran minisúper, supermercados, farmacias, almacenes, abarroterías y cooperativas de consumo
El presente decreto, en su Artículo 2, especifica que se modifica el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo No.114 del 13 de marzo de 2020, reformado por el Decreto Ejecutivo No.152 de 13 de mayo de 2020, Decreto Ejecutivo 162 de 23 de junio de 2020, Decreto No. 321 del 23 de diciembre de 2020 y el Decreto Ejecutivo No.89 de 30 de junio de 2021.