Asamblea impulsa ley que facilita los cobros para la micro, pequeñas y medianas empresas

Actualizado
  • 08/02/2022 13:55
Creado
  • 08/02/2022 13:55
Un proyecto de ley que permitiría eliminar la burocracia para las mipymes en el proceso de cobros al Estado, espera ser discutido en primer debate en la Asamblea. A muchas de las que están por reactivarse, el Estado no les ha podido pagar, asegura el economista Eddie Tapiero

Un proyecto de ley que, entre otros objetivos, busca obtener liquidez y motivar la inversión en Panamá, en aras de impulsar la reactivación económica tras  la crisis generada por la pandemia del Sars-Cov2 (covid-19),  se mantiene estancado en la Asamblea Nacional desde hace ya varios meses.

Se trata del proyecto de ley 462 que “establece las certificaciones de deudas públicas internas a proveedores de bienes, obras y/o servicios del Estado, con fecha irrevocable de pago, como medida de reactivación económica”. 

La propuesta fue presentada en la  Asamblea Nacional en septiembre de 2020 por el diputado Raúl Pineda; y ya fue discutida en  primer debate, pero se bajó para ser modificada, y hasta la fecha no  se ha avanzado al segundo debate, destacó en una entrevista con La Estrella de Panamá, el economista Eddie Tapiero.

El instrumento, que funcionaría a través de una plataforma bajo el paraguas de un "fideicomiso privado" debidamente regulado, permitirá "fortalecer la transparencia" de las actividades financieras dentro del ámbito de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y "eliminar la burocracia" que enfrentan estas empresas en el proceso de cobros al Estado, acotó Tapiero, quien se muestra a favor de la propuesta.

"Lo que se quiere es meterle una parte privada, que sea capaz de ser el vínculo que permita mantener la tecnología avanzada y que no tenga interferencias del Gobierno. El fideicomiso privado te da esa garantía de transparencia de un tercer parte y de estar regulada, porque ya tienes a alguien que la está supervisando, no es que va a estar sola, pero  la separa del Estado", explicó Tapiero.

En específico, el mecanismo de certificación de deuda en mención le permite a los proveedores de bienes, obras y/o servicios del Estado cobrar sus cuentas certificadas de forma inmediata y a las entidades del Estado pagar las obligaciones, en un plazo de hasta 360 días, sin costo alguno para entidades del Estado.

“Es muy noble la (propuesta de) ley. Hay mucha gente que tienen cuentas por cobrar, que no quieren quebrar, pero no pueden reactivarse porque el Estado no les ha podido pagar”, expresó Tapiero al explicar el motivo que originó de esta este proyecto de ley que reposa desde hace más de un año y medio en la Asamblea.

La iniciativa se sustenta en que "la covid-19 tiene a la economía panameña de rodillas". Surgió ante la urgente necesidad que tienen las pequeñas y medianas empresas por obtener liquidez para continuar operando. 

Según datos de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ampyme) y la Unión Nacional de Pequeñas y Medianas Empresas (Unpyme), más del 58% de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) ya han cerrado y solo el 8% de las que han sobrevivido tienen acceso al crédito bancario.

El proyecto de ley busca reactivar la economía nacional, brindando liquidez inmediata a todos los proveedores del Estado, principalmente a las pymes, a través del descuento de pronto pago de facturas certificadas, el cual brinda rendimientos más altos que otras alternativas de inversión y plazos fijos a corto plazo a inversionistas locales

Lo anterior le permite a todos los proveedores  que hayan facturado y entregado  a satisfacción una obra, bien o servicio a una entidad del Estado,  que cuente con su debida partida presupuestaria asignada, obtener liquidez "inmediata", independientemente de su situación financiera, a la vez que le brinda hasta 360 días de crédito gratis al gobierno para pagar un fideicomiso privado, sin  aumentar su deuda total y sin incurrir  en gastos de intereses.

"Es solo una reclasificación de deuda. La cuenta por pagar existente a favor de un proveedor es cedida al Fideicomiso privado", explica el proyecto de ley, afimando que el proveedor tampoco tiene que "endeudarse" para darle crédito a la entidad del gobierno; por el contrario, "recibe un descuento por pronto pago (al vender la cuenta por cobrar, baja la cuenta por cobrar y sube el efectivo). Los beneficios serían para ambas partes. El proveedor le paga el interés al inversionista a través del descuento por pronto pago que acepta", según el proyecto de ley.

Al respecto, Tapiero aseguró que este mecanismo "no" generaría ningún recargo adicional a la deuda, "para nada"; lo único que se tiene que certificar es cuándo  se va a pagar la deuda, si dicen que en 90, está bien; y si dicen en 120 también está bien. Pero el proveedor debe ir a la plataforma (debidamente registrado) y venderle la deuda de la Asamblea a un inversionistas (también registrado) que la quiera comprar y en el mismo día cobra la plata, sin tener que ir a Contraloría General, donde tardaría meses.

"Esto le da otra alternativa a las pymes para poder accesar a este capital de manera instantánea, sin tener mucho proceso burocrático, y poder reactivarse rápidamente. Esa es la belleza de la nueva dinámica que se está usando; y lo que fintech y la nueva tecnología ofrece, pensando en este nuevo modelo, que es muy bueno", pero  que "requiere que el Estado madure y que tenga el compromiso de que tiene que certificar cuándo va a pagar. La belleza de esto también  te da transparencia en toda la actividad de toda la cadena", apuntó.

Marco de referencia de la propuesta

Tapiero explicó que hay diferentes tipos de crisis en las economías, pero tradicionalmente se dan unas crisis que son económicas, financieras, como la que pasó en el año 2009, y que le pegó a todas las empresas por parte del financiamiento, y muchas de ellas quebraron.

Mientras que con la crisis de la covid-19 “no” es que las empresas y los bancos hayan hecho algo malo, sino que es una crisis, en la que por la naturaleza se cerraron los sectores; y al éstos cerrarse se limita el crédito porque las empresas dejan de producir y si no producen no tienen plata y no pueden pagar la planilla.

“Como estas empresas no generan y no pueden pagar, se les deterioran los libros. Pero no puede pagar, no  porque no tengan clientes o no tengan oportunidad de negocios, sino porque no puede salir a vender, sus empleados no están y la gente no puede salir a comprar. Entonces, es un paradigma muy grande”, señaló.

Para poner en perspectiva la situación de las empresas, indicó que hay varias opciones con las que pueden adquirir liquidez, una de ellas es  recurrir a un factoring, para el cual tienen que pasar por los requisitos de un banco y el comité de crédito, que es el que aprueba la deuda, pero como en esta crisis a muchos negocios se les deterioró libros, les está resultando difícil conseguirlo.

“No lo van a aprobar, solamente por la naturaleza de los bancos y de que eso requiere una revisión del comité de crédito y los bancos por naturaleza, en este periodo donde está todo riesgoso, no prestan”, sostuvo Tapiero.

Agregó que como otro mecanismo de financiamiento para las empresas, también han visto  que durante esta crisis se hicieron préstamos con el Banco Interamericano (BID) para reactivar y ayudar a las pymes, pero se le canalizó con el financiamiento por los bancos, lo cual también les está resultado “difícil para ellos” adquirir los recursos económicos para seguir funcionando.

Precisó que muchas de estas pymes tenían cuentas por cobrar al Gobierno Nacional, pero como sabe que éste “no” paga a tiempo, tiene plata, pero no puedes hacer nada con eso.

“Muchas de estas pymes se quieren reactivar, y tienen cuentas por cobrar al Gobierno, pero como no consiguen factoring les es difícil reactivarse, aunque tengan plata en papel”, apuntó Tapiero.

Subrayó que de allí surge la naturaleza de esta ley que es muy importante en este debate. “Aquí lo que vemos es que empresas podrían haberse reactivado, pero por la naturaleza de crisis y los requerimientos del sistema les es muy difícil de hacerlos”, remarcó Tapiero.

Otro aspecto que mencionó el economista es que “el Estado es muy bueno para los deudores, para mantener el riesgo país, pero no es de igual forma para la comunidad de adentro, para el país”, porque hay “historias de gente que pasa dos meses y hasta seis años, buscando que le cobren y le saquen el cheque de Contraloría, de aquí y allá; y es todo un problema”.

Enfatizó en que al ver esto, con la ley 462 lo que se quiere “es que en la deuda que emite el Estado certifique cuándo te va a pagar, si es en 30, 60, 90, 120 días, pero que garantice irrevocablemente que él va hacer un pago. Eso es lo principal ahí”.

Al mismo tiempo,  crea una plataforma digital donde cualquier persona que tenga cuentas del Estado por cobrar, puede vender su deuda sin la necesidad de entrar en negociaciones o pasar por un comité de crédito. 

Aparte, propone un cargo menor que el factoring, y permite accesar rápidamente a un crédito en estos tiempos de crisis y obtener el capital para reactivarse, sin tener que estar sufriendo los requerimientos del banco, cuya naturaleza ahora mismo, en tiempos de riesgo, es que no prestan. "¡Es difícil!!, exclamó.

"Esa es la belleza de de este proyecto de ley, de que la persona que tiene cuenta del Estado la puede vender de una vez, ganar la liquidez y reactivarse, contratar más empleados, expandir su producción o lo que necesiten; y no tiene que andar corriendo detrás del Estado para que le pague”, argumentó Tapiero, quien comentó que en Panamá no existen muchos mecanismos donde se pueda invertir. 

En conclusión, explicó el economista, este nuevo mecanismo beneficiaría tanto  al inversionista local, que gana porque tiene mayor inversión, como  a las pymes  que tienen acceso a capital.  

Comentó que el único mecanismo así es el de los certificados de depósitos (CD), en los bancos, y eso da un rendimiento mínimo; y con la inflación en realidad el rendimiento es negativo, muchas veces.

"Lo único que tienen que hacer es ser responsables; porque si queremos ser un país de primer mundo, tú lo que tienes es que tener reglas de primer mundo; y en eso es que yo me tengo que comprometer  cuándo te voy a pagar y no estar con la viveza de que !ah¡ te hago un contrato y después no te pago", argumentó.

Metodología actual versus el proyecto de ley 642

Respecto a la metodología actual del Gobierno para obtener liquidez para pagar  a proveedores a corto plazo, la propuesta explica que  se basa en la emisión de bonos  internacionales a mediano  o largo plazo, lo cual incurre en  gastos de estructuración  de deudas, aumenta  su nivel de endeudamiento, empeora  su relación deuda total/ PIB, pone en riesgo  la calificación  de grado de inversión  y tiene que presupuestar  gastos adicionales  de intereses. 

Luego el dinero llega pasa por  la Comisión de Presupuesto  de la Asamblea Nacional  y se asignan los traslados de partida correspondientes entre las  diferentes entidades del gobierno. Demora dos meses y los intereses  usualmente se lo ganan los inversionistas internacionales y no los locales.

No obstante, con el proyecto de ley 642, el gobierno podrá obtener liquidez para pagar a sus proveedores a corto plazo.  Pero para ello, primero la entidad  del Estado deberá afiliarse a un fideicomiso privado, debidamente regulado  por la Superintendencia de Bancos, y certificar la existencia de deudas públicas internas (cuenta por cobrar) con  proveedores,  presentada por él (proveedor) en la  plataforma  digital de dicho fideicomiso privado.

A través del fideicomiso privado, "la persona vende la deuda a la plataforma, la pone en la plataforma; y por el otro lado hay inversionistas nacionales e internacionales, que tienen capital y que están interesados en ganar un rendimiento mayor a los tradicionales", explicó Tapiero. 

Al certificar la cuenta, no aumenta  la deuda total ni incurre en gastos de  intereses como ya se mencionó anteriormente sino que en adición, tiene tres opciones  de beneficios a escoger:  

1. Recibe el 50%  de la ganancia de intereses si paga al fideicomiso privado en 180 días desde que certifica.

2. Recibe el 25% de la ganancia de intereses si paga al fideicomiso privado en 270 días desde que certifica.

3. No recibe  participación de la ganancia de  intereses, pero le paga al fideicomiso privado en 360 días desde que certifica.

De igual forma, el proyecto de ley faculta a todos los proveedores del Estado a afiliarse a estos fideicomisos privados y ceder a los mismos sus cuentas por cobrar para obtener los  beneficios de que trata esta ley.

De acuerdo con Tapiero, en Panamá no existen muchos mecanismos donde tú puedas invertir. El único mecanismo así es el de  certificados de depósitos (CD) en los bancos, y eso da un rendimiento mínimo; y con la inflación en realidad el rendimiento es negativo, muchas veces. Sin embargo, este nuevo mecanismo propuesto "le permite a los inversionistas comprar esa deuda, meter la plata y tener una inversión más alta".

"La certificación constituye la aceptación de obligación autónoma, independiente, incondicional e irrevocable de pago de un Fideicomiso privado por parte de la entidad del Estado, del monto certificado en una fecha fija, sin posibilidad de que una vez emitida la entidad pueda hacer reducciones por impuestos, multas, penalidades, compensaciones, deducciones, reclamaciones u otras retenciones del actual o siguiente presupuesto", establece el proyecto de ley.

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