• 02/03/2020 06:00

Quejas contra inmobiliarias

De enero a noviembre de 2019, Acodeco recibió un total de 887 quejas presentadas en contra de inmobiliarias

Entre los reclamos recibidos por parte de los consumidores en Acodeco, de enero a noviembre de 2019, existe un total de 887 quejas presentadas en contra de inmobiliarias, por motivos como: cláusula abusiva, falta de información, incumplimiento de contrato, vicio oculto, incumplimiento de garantía, veracidad de la publicidad, entre otros, los que obedecen a la inconformidad de los consumidores, al verse especialmente afectados por dichas empresas. De las quejas recibidas, la mayoría son por cláusulas abusivas, atendidas por el proceso de Conciliación, por ser competencia de los tribunales. Las quejas por incumplimiento de contrato, corresponden a reclamos surgidos por incumplir la empresa las condiciones pactadas en el contrato, en particular, la fecha de entrega de la vivienda; las quejas por falta de información, obedecen a la inconformidad en la información recibida por el consumidor, y las quejas por vicio oculto, responden a defectos presentados en la vivienda, que imposibilitan el uso de la misma.

Sin embargo, se afecta más al consumidor, cuando luego de suscribir el contrato o haber pagado abonos, la empresa desaparece físicamente sin registrar un nuevo domicilio o ubicación, sin cumplir la entrega, ya que no existe o cerró operaciones; donde la mayoría de los proveedores que presentan este comportamiento, son nuevos en el mercado inmobiliario. Ante esta situación, la institución está proponiendo la modificación de un artículo de la Ley 45 de 2007, a fin de proteger a los consumidores, mediante la creación de un fideicomiso para custodiar los pagos realizados a estas empresas nuevas, al momento de adquirir una vivienda.

Acodeco es competente para conocer y decidir a prevención con los tribunales de justicia, a través del proceso de Decisión de Quejas, los reclamos de los consumidores hasta la suma de $5,000.00, donde de no alcanzarse un acuerdo en audiencia entre las partes, la decisión es tomada por el Director Nacional de Protección al Consumidor; mientras que los reclamos superiores a dicho monto, son atendidos por el proceso de Conciliación, y de no alcanzar un acuerdo, o no asistir la empresa a la audiencia programada, el consumidor podrá solicitar los servicios del departamento de Defensoría de Oficio, a fin de ser representado ante los tribunales por un abogado asignado por la institución.

En las quejas atendidas por Decisión de Quejas, existen agentes económicos que sí comparecen al proceso; sin embargo, también hay empresas que a pesar de recibir las citaciones para la audiencia, no acuden, siendo por tanto multadas por desacato por la Autoridad. Aquellos casos donde la empresa desaparece, sin dar respuesta a los consumidores, son remitidos al Ministerio Público o a la Justicia Comunitaria de Paz, dependiendo de la cuantía del reclamo, para que realice la investigación correspondiente.

Por ello, reiteramos las recomendaciones a los consumidores al adquirir una vivienda: solicitar información del proyecto antes de firmar el contrato; conservar la publicidad, así como toda la documentación recibida y suscrita con el proveedor, en especial de los abonos realizados; exigir y conservar las condiciones de las garantías de la vivienda; visitar el área del proyecto periódicamente, para confirmar el avance realizado; leer con detenimiento las cláusulas establecidas en el contrato antes de firmarlo.

Este tipo de situaciones y/o consultas las pueden realizar accediendo a nuestras redes sociales.

Jefa del Departamento de Decisión de Quejas
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