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- 27/05/2010 02:00
- 27/05/2010 02:00
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó ayer la modificación al artículo 63 de la Ley 40 de 1999, de responsabilidad penal de menores, en su tercer y último debate.
Tras una iniciativa del diputado presidente de la Asamblea Nacional, José Luis Varela, el artículo 63 que establecía que la detención provisional del menor tendría un plazo máximo de nueve meses, ya no quedará de esa manera, determinándose ahora hasta 3 años prorrogables.
Lo anterior explica porqué si en ese tiempo no se le iniciaba un trámite, a las autoridades les correspondía dejarlo libre; ahora se ha creado un plazo de 3 años, por lo tanto si en ese tiempo no se realiza ninguna gestión, el menor permanecerá detenido hasta que concluya el proceso judicial.
A pesar de estos primeros cambios a la Ley 40, ya hay voces que reclaman otras modificaciones más enérgicas.