Procuraduría reglamenta proceso en SPA

Actualizado
  • 17/09/2016 02:00
Creado
  • 17/09/2016 02:00
El SPA no solo impone un nuevo modelo de justicia, sino también los procedimientos y términos que se usan

La Procuraduría General de la Nación adoptó, mediante la Resolución No. 68 del 26 de agosto de 2016, un reglamento para el manejo de las investigaciones penales por el nuevo Sistema Penal Acusatorio (SPA).

El documento, publicado en Gaceta Oficial este viernes, tiene como finalidad establecer un protocolo uniforme para el manejo de contenido de la carpeta de investigación, así como la custodia y la conservación de los documentos.

El SPA no solo impone un nuevo modelo de justicia, sino también los procedimientos y términos que se usan. Lo que en el sistema inquisitivo se denominaba ‘expediente', ahora se llama ‘carpeta', por ejemplo.

En la Resolución No. 68 se establece lo que debe contener la carpeta de investigación: las actuaciones correspondientes a los actos de investigación que realiza el fiscal con el propósito de obtener elementos de convicción relacionados con su hipótesis y elaboración de la teoría del caso, además de las resoluciones que el fiscal haya dictado durante el proceso y actuaciones relevantes presentadas por las partes del proceso.

Las carpetas pueden ser seleccionadas de manera cronológica por fecha de diligencia o lógico de forma temática y el fiscal elige la forma. ‘Aun cuando el fiscal mantenga la organización de la carpeta de forma cronológica durante la investigación, al momento de la preparación del caso para el juicio el fiscal podrá organizar sus constancias en forma temática'.

Cada documento además de estar impreso, debe ser digitalizado. En caso de destrucción de los elementos de la carpeta por circunstancias fortuitas o de fuerza mayor, pérdida parcial o total, el fiscal dispondrá de los documentos con la impresión de la carpeta digital, señala la resolución.

El SPA se terminó de implementar el todo el país el pasado 2 de septiembre.

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