El 28 de noviembre, último día de asueto por festividades patrias

Actualizado
  • 25/11/2017 15:14
Creado
  • 25/11/2017 15:14
El Mitradel anunció que este día no habrá puente y será día de descanso obligatoria para el sector público y privado

El feriado o descanso laboral obligatorio por la celebración de la Independencia de Panamá se mantendrá el martes 28 de noviembre, día en que ocurrió este hecho histórico en 1821.

Para las personas que laboren en esa fecha en la empresa privada por la naturaleza de los servicios que prestan, se les pagará un recargo de dos tiempos y medio; mientras que en el caso de los que laboran en el sector, se les compensará de la manera que disponga la ley para cada institución.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) informó que el martes 28 de noviembre se mantiene como día de descanso obligatorio por Fiesta Nacional, es decir que no se dará día puente.

Originalmente el ministro de Trabajo, Luis Ernesto Carles, intentó que se hiciera día puente y que el descanso obligatorio se cambiara para otro día con el fin que hubiera un fin de semana de tres días, pero no se logró porque no hubo tiempo de que la Asamblea Nacional hiciera los cambios correspondientes.

Ante esta circunstancia, el minstro de Trabajo anunció que el descanso no podía cambiarse de fecha, atendiendo lo establecido en la Ley No. 28 del 4 de mayo de 2015, que modificó el Artículo 46 del Código de Trabajo y eliminó un párrafo que permitía los días puentes y transfería el descanso obligatorio de manera automática,

El 28 de noviembre se conmemora la independencia de Panamá. Hasta 1821. Hasta entonces Panamá era colonia de España.

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