Población penitenciaria aumentó un 14% en tres años

Actualizado
  • 19/07/2021 00:00
Creado
  • 19/07/2021 00:00
Las estadísticas de la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) demuestran el incremento en el número de privados de libertad en los centros de reclusión de adultos
Las cárceles han estado sobrepobladas durante a la pandemia.

Las condiciones carcelarias son precarias. En un celda de 22 pies de largo y once de ancho pueden vivir entre 15 y 20 privados de libertad en hamacas improvisadas con sábanas blancas e hilos de sacos y amarradas con cartuchos. Otros pernoctan en colchonetas y los que tienen menos posibilidades sencillamente duermen en los suelos.

Los detenidos en prisión preventiva comparten las celdas con los condenados por la escasez de espacios. Las falencias datan de hace dos décadas.

Cuando se aprobó la Ley 63 del 2008 que creó el Sistema Penal Acusatorio (SPA), una de las promesas fue reducir la población penitenciaria por la gran cantidad de mecanismos legales que presentaba la norma y al garantizar la resocialización a través del cumplimiento de penas extramuros y reducir la mora judicial que provocaba que más de un 50% de los detenidos estuviera en espera de juicio.

Sin embargo, a cuatro años de haberse implementado la Ley 63 en todo el país, la realidad es otra. Un informe estadístico de la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) revela que en ese periodo, la población carcelaria ha crecido en un 14%, es decir presenta 2,993 reclusos más que han venido a ocupar las cárceles panameñas.

El SPA se implementó de manera progresiva en cuatro fases, comenzando en los distritos judiciales donde había un menor volumen de casos y finalizando en septiembre del 2016, en el Primer Distrito Judicial de Panamá, donde la carga de procesos es mayor, por ende se ponía a prueba la efectividad de la Ley 63 o el Código de Procedimiento Penal.

Las estadísticas revelan que en mayo del 2018, a veinte meses de la implementación del SPA en todo el país, había una población penitenciaria de 16,035 privados de libertad, un nivel de hacinamiento del 8% ante una capacidad carcelaria para albergar a 14,830 reos.

Al mes de mayo, pero del 2021, cuatro años y ocho meses de la implementación del nuevo sistema de justicia en Panamá, la población de reclusos en los penales es de 18,728, lo que representa un 22% de hacinamiento. Las cárceles con mayor cantidad de detenidos están ubicadas en la ciudad de Panamá: La Nueva Joya (2770), La Joya (1674), La Joyita (1980).

Si no hubiese sido por las medidas de rebajas de penas decretadas por el Ejecutivo debido al Estado de Emergencia Nacional por la pandemia de covid-19, la población penitenciaria hubiese superado los 20 mil privados de libertad.

Un total de 387 personas privadas de libertad se han beneficiado con rebajas de pena decretadas por el Órgano Ejecutivo. Aunado a ello, el Ministerio de Gobierno (Mingob) ha gestionado, en coordinación con el Órgano Judicial, más de 650 depósitos domiciliarios. Esto se suma a las tres mil evaluaciones de detenidos mediante las juntas técnicas.

¿Qué ha sucedido, entonces, para que no se logre la tan deseada misión de reducir o eliminar el hacinamiento en las cárceles por medio de los instrumentos legales del SPA?

La DGSP respondió a un cuestionario formulado por La Estrella de Panamá, para conocer una explicación más amplia sobre la relación entre el aumento de la población penitenciaria con la efectividad de la implementación del SPA.

Para los especialistas de la DGSP, dicho incremento del hacinamiento en los penales no está relacionado con la efectividad de los instrumentos de cumplimiento de condenas extramuros que se establecen en la Ley 63, sino a factores directamente relacionados al incremento de la violencia a nivel mundial de la que Panamá no escapa.

“El incremento de la población penitenciaria es consecuencia de diferentes factores, en su mayoría complejos, que hacen que desahogar las cárceles no sea una tarea fácil. Debemos considerar que Panamá se encuentra en el centro del Continente Americano, un continente violento, posiblemente el más violento del mundo”, explicó una fuente de la DGSP.

Con violencia en Latinoamérica, se hace una clara referencia al narcotráfico y la llamada “Guerra contra las Drogas”, que en los últimos 50 años se ha convertido en uno de los dos o tres temas definitorios de nuestras sociedades y su relación con el resto del mundo.

El tema del narcotráfico está presente en la mayoría de los casos que atiende el Sistema Penitenciario. Más del 50% de los delitos están relacionados con las drogas y otros conexos como el pandillerismo, tráfico, entre otros; asociado de una forma u otra a la relación de la posición geográfica, lo que influye directamente en la tasa de la población carcelaria.

“Nuestra población carcelaria no es distinta a la de la mayoría de los países latinoamericanos con los que compartimos esta problemática”, añadió la fuente.

Además, se defiende la efectividad del SPA, al considerar que su función en el país está directamente relacionada con dinamizar los procesos y hacer más eficiente la aplicación de la justicia: “Ningún sistema de justicia, por sí solo, puede reducir la población penitenciaria de un país, ni cambiar el comportamiento de su población”.

En este sentido, la DGSP es de la opinión que el SPA ha sido muy positivo, y lo sustentan con cifras estadísticas. “Antes de que surgiera este sistema de procedimiento penal, la mayoría de los privados de libertad, cerca del 50%, no habían sido juzgados; hoy, tenemos cerca de un 38% no juzgados”, destaca dicha entidad pública.

Con relación al tratamiento de los privados de libertad, son varias las instituciones que intervienen. El Ministerio de Gobierno custodia al privado, administra los centros y se encarga del proceso de resocialización. Mientras tanto, el privado no juzgado está a órdenes del Ministerio Público, y el juzgado está en manos del Órgano Judicial. Por todo esto, el sistema demanda una dinámica compleja.

Una opinión elaborada por la Oficina Regional de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para Centroamérica y el Caribe (UNODC) para responder a una consulta hecha por la DGSP, respalda la implementación de los mecanismos legales de conmutación de la pena por estudio o trabajo, porque aunque no se demuestra en la reducción de la población penitenciaria, cumplen una función efectiva en “rehabilitar, readaptar y resocializar a las personas privadas de libertad”.

Destaca la opinión de la UNDOC que “el uso de la conmutación de la pena como incentivo a la participación en actividades de estudio, enseñanza y trabajo, debería ser impulsado por los sistemas penitenciarios de toda la región de Centroamérica”.

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