En el 2024 se elegirán 865 nuevas autoridades; 40 cargos más que en la pasada elección

Actualizado
  • 05/06/2022 00:00
Creado
  • 05/06/2022 00:00
El Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024, publicado el 30 de mayo, establece que se elegirá presidente y vicepresidente de la República, diputados, alcaldes y representantes de corregimientos. En las pasadas elecciones, en mayo de 2019, se eligieron 825 cargos de elección popular
En el 2024 se elegirán 865 nuevas autoridades; 40 cargos más que en la pasada elección

La cuenta regresiva para el 5 de mayo de 2024 inició el pasado miércoles 1 de junio, cuando se convocó a las elecciones generales.

En el proceso electoral del 2024 se elegirán o renovarán 865 nuevas autoridades.

El Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024, publicado el 30 de mayo, establece que se elegirá presidente y vicepresidente de la República. Además, 20 diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen), 71 diputados a la Asamblea Nacional.

También 81 alcaldes, 701 representantes de corregimiento y 11 concejales, todos con su respectivo suplente, para el periodo constitucional del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2029.

En el 2024 se elegirán 865 nuevas autoridades; 40 cargos más que en la pasada elección

En las pasadas elecciones, en mayo de 2019, se eligieron 825 cargos de elección popular, lo que representa que en estas elecciones se eligen 40 nuevas autoridades, en especial representantes de corregimientos.

Con la apertura del proceso electoral no se podrá incluir ninguna otra modificación a los cargos de elección popular.

Si la Asamblea Nacional crea una nueva ley para un nuevo corregimiento aplicaría para las elecciones de mayo de 2029.

Además, las leyes que no fueron sancionadas por el Ejecutivo no podrán incluirse en las elecciones del 2024.

En el 2024 se elegirán 865 nuevas autoridades; 40 cargos más que en la pasada elección

En el Ejecutivo está pendiente la sanción o el rechazo del proyecto de ley 796, que crea el corregimiento especial de Bastimento.

El TE explicó que la problemática con la creación de nuevos corregimientos no radica en su costo monetario, sino que para el 1 de junio se emitió el Decreto Reglamentario de la Elección General del 2024 y hace la convocatoria, por lo que todo corregimiento que se pretenda crear debe estar definido antes de esta fecha, ya que de lo contrario no habría tiempo suficiente para cumplir con toda la logística que conlleva la elección de las autoridades de los nuevos corregimientos (capacitación, preparación, divulgación, impresión, etc.).

Por ejemplo, en el año 2018 se crearon dos nuevos corregimientos en el distrito de Barú, provincia de Chiriquí; los cuales por ley postergaron sus efectos para el año 2020.

La creación de corregimientos, por parte de los diputados, busca beneficiar a los moradores con mejoras a su calidad de vida, integrándolos a la vida económico y social, especialmente los habitantes de comunidades de difícil acceso, que hoy día se ven en la necesidad, entre otras, de caminar varias horas para poder atenderse en un Centro de Salud.

Las juntas comunales reciben anualmente $110 mil del Programa de Obras Públicas y Servicios Municipales, además de lo que les corresponde de los $500 mil que recibe de cada municipio por descentralización.

La provincia que más cambios ha mantenido en los últimos años es Bocas del Toro, según los datos recopilados.

En el quinquenio 2009-2014, según datos oficiales, se generaron 38 corregimientos nuevos y tres distritos. Adicionalmente, se creó la provincia de Panamá Oeste.

Entre los años 2014-2019, se generaron 27 corregimientos nuevos y tres distritos.

Las provincias de Chiriquí y Veraguas son las que más corregimientos tienen, según la información divulgada por el TE en su boletín que convoca a las elecciones generales.

Apertura para los independientes

Los panameños que quieran ser candidatos por la libre postulación tienen hasta el 31 de julio para presentar su solicitud en el TE para ser reconocidos como precandidatos.

Después de estos dos meses, no se pueden presentar solicitudes para participar en la elección general del 5 de mayo de 2024, por la libre postulación, según se establece en el Código Electoral.

De no presentarse impugnaciones en contra de las solicitudes de reconocimiento o habiéndose rechazado las presentadas, se procederá en el caso de los precandidatos al cargo de presidente de la República y en las circunscripciones de más de 10,000 electores: se dará la apertura de la cuenta de campaña, la dirección correspondiente expedirá resolución motivada con el reconocimiento de la precandidatura y autorizará el inicio del proceso de recolección de firmas de respaldo necesarias para el respectivo cargo.

Según el documento, desde el 1 de junio de 2022 hasta el 5 de mayo de 2024, todos los precandidatos y candidatos por la libre postulación tienen prohibido participar en eventos de inauguración de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos, que incluye las obras financiadas por el Estado bajo la modalidad de llave en mano.

De comprobarse su participación serán inhabilitados conforme al procedimiento establecido en el artículo 35 del Código Electoral, relativo a la elegibilidad o no del aspirante.

La recolección de firmas inicia el 15 de agosto y finaliza al mediodía del lunes 31 de julio de 2023 y los candidatos deberán recoger una cantidad mínima de firmas de respaldo equivalente al 2 % de los votos válidos emitidos en la última elección, según el cargo y circunscripción que corresponda.

En el caso de presidente de la República son 39,295 firmas, porque en el 2019 se contabilizaron 1,964,77 votos validos para el cargo.

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