Caso Odebrecht: defensa aduce que la fiscalía montó una investigación con falsos testimonios y documentación

Actualizado
  • 22/09/2022 14:07
Creado
  • 22/09/2022 14:07
El abogado Roniel Ortiz y el defensor público Fernando Peñuelas hablaron de violaciones de los artículos 2031 y 2044 del Código Judicial

La falta de acreditación de los hechos punibles, la inexplicación de las vinculaciones y el incumplimiento de la ley, fueron el as bajo la manga a la que aludió la defensa del caso Odebrecht durante la primera ronda de alegatos, que inició este jueves.

El abogado Roniel Ortiz, quien representa a Fernando Carreiro Muradas, Ursula Vallarino y al expresidente Ricardo Martinelli, relató que durante la presentación de este caso Odebrecht faltaron delitos por investigar como el que se presenta con procesos de acusación a personas por un supuesto delito de blanqueo de capitales.

“En este caso de Odebrecht y de corrupción, la fiscalía hizo lo que se le dio la gana, como caballos sin rienda. Por eso digo que este es un juicio político”, dijo.

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Durante la defensa de sus clientes Muradas y Vallarino, quienes son señalados por recibir fondos de Odebrehct de parte de sociedades anónimas bajo el seudónimo de "periquita dos" y "periquito uno", el abogado sostuvo que hay inexistencia de un hecho punible por la carencia de elementos probatorios que acrediten que ellos aperturaron las cuentas o utilizaron las sociedades anónimas.

Reveló que la Contraloría General de la República, que acredita quiénes son los que están o no vinculados a los desfalcos o peculados contra el Estado, le confirmó que su cliente no está vinculado a ningún peculado o alguna auditoría que haya determinado que tomó dinero del erario público. Sin embargo, la fiscalía mantiene ausente el informe del expediente.

Ortiz también desacreditó las pruebas que el Ministerio Público (MP) tenía en contra de su cliente, ya que escribieron el nombre incompleto. “Es una persona que se llama Fernando Muradas pero mi cliente no se llama así, sino Fernando Carreiro Muradas”, sentenció.

Otras de las irregularidades que relató fue la falta de entrega de información que solicitó sobre las asistencias judiciales para verificar si los depósitos que usaron Muradas o Vallarino, son ciertos, ya que el MP presentó un cronograma que establecía orden de pagamento por $550 mil, de la cual $160 mil fueron a Vallarino y $90 mil a Carreiro Muradas con otra persona.

Dentro de los alegatos manifestó que Vallarino nunca ha viajado a Antigua y a Barbuda, y no ha podido observar el documento que la fiscalía muestra que ella autorizó su firma para abrir una sociedad anónima.

“Aquí se debiera iniciar una investigación a la fiscalía por falso testimonio y de documentación”, expresó el abogado, quien solicitó a la juez un sobreseimiento provisional en base a que se encuentran en una investigación en que el hecho punible no ha sido acreditado y su vinculación realmente no ha sido explicada ni probada en este acto de audiencia.

Ortiz concluyó su alegato diciendo que el expresidente Martinelli no es “aguias” como dice constatar el MP, y consideró que no se ha probado su vinculación.

Solicitó a la juez un acto de sobreseguimiento al menos provisional para el expresidente y que, además, examine los términos de prescripción, la violación del principio de especialidad y la violación a la competencia del cual fue objeto su cliente. 

El defensor pública Fernando Peñuelas, puntualizó que “hasta la última alegación el MP no ha probado que el dinero de la caja dos eran actos provenientes de ilícitos”.

Manifestó que con su clienta Elena Souza, ciudadana brasileña, la fiscalía la ubicó en condición de “testaferro” y ocultaba el pago ilícito, pero en su conclusión no abordan el origen de los pagos.

Entre los errores cometidos por la fiscalía, detalló Pañuelas, está que su cliente fue calificada bajo tres pruebas: certificado de la creación de las sociedad, declaración de testigos e información suministrada por la Banca de la Confederación Suiza, elementos que no han sido compartidos para que eleve su estado de inocencia y no la presunción del hecho punible, porque no esta aquí y no ha podido ser ubicada.

“Dicen que ella era la beneficiaria final. Si era así y poseía el dinero, ¿dónde se cumple el ciclo de las sociedades?”, defendió

Con su otro cliente Pablo César Miranda, que es abogado de profesión y que no ha declarado, fue señalado de participar en negociaciones financiadas por Odebrecht en Estados Unidos y tener relación a una cuenta bancaria en la Banca Privada de Andorra con dos sociedades anónimas.

Misma situación ocurrió con su cliente Barri William Erneth, un norteamericano, que tampoco ha declarado, pero que el MP lo imputo por blanqueo de capitales por ser beneficiario final de una sociedad anónima.

El abogado explicó a la juez que en sus tres clientes pareciera ser que existe más bien el delito de recepción de la prevención del delito, pero están criminalizando la conducta material por estar dentro de una sociedad anónima y recibir dinero.

Sostuvo que acusar a una persona de un acto no basta para que sea responsable de un acto que he realizado, sin embargo, el MP no ha acreditado la causal.

“Estamos ante el delito de la causa penal del enemigo, es decir, condenar porque tengo que condenarte”, criticó Pañuelas, quien denunció que el MP ha violado el artículo 2031 y 2044 del Código Judicial, que establecen las tres reglas básicas para comprobar la existencia del hecho punible y la investigación de esos hechos.

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