• 07/01/2019 01:00

La UP ignora la Ley No. 9

La modificación del reglamento de carrera se ratifica para no pagarle salarios dejados de percibir a Ricaurter Paz

El 23 de febrero de 2016, la administración de García de Paredes, la Asociación de Trabajadores (Aseupa) y el Consejo General Universitario —CGU—, máximo órgano de Gobierno de la casa de Octavio Méndez Pereira (insigne educador que creó la UP), se reúnen para aprobar el nuevo Reglamento de Carrera del Servidor Público Administrativo de la Universidad de Panamá —UP—, con corrección incorporada por el mismo Consejo, el 22 de marzo del mismo año, y publicado en la Gaceta Oficial No 28012A de 18 de abril de 2016. En dicha modificación no se incluyó el pago de salarios dejados de percibir de funcionarios administrativos que han ganado demandas en la Corte Suprema de Justicia.

La modificación del reglamento de carrera se ratifica para no pagarle salarios dejados de percibir a Ricaurter Paz; porque el 28 de septiembre de 2015, la Corte Suprema de Justicia —CSJ— le CONCEDE Amparo de Garantía Constitucionales. La administración de García de Paredes jamás cumplió el fallo. Paz estuvo destituido tres años; destitución que fue señalada por la CSJ como ilegal, donde se violaron normas constitucionales.

La carrera administrativa de la UP ha sido una conquista obtenida por hombres y mujeres de este claustro universitario en el año de 1985, al fragor de sus luchas, y en desarrollo de la Ley No 11 de 1981, Orgánica de la UP. Aprobado el 8 de agosto de 1985, que sirvió de ejemplo a imitar por el funcionariado estatal, el cual logró la aprobación de la Ley General de Carrera Administrativa hasta 1994, a través de la Ley No 9.

Pregunto, ¿el reglamento de carrera de la UP vale más que la Ley No. 9 de Carrera Administrativa de los Servidores Públicos? La UP siempre ha utilizado la Ley No. 9 como supletoria, cuando les conviene separar o destituir a funcionarios administrativos (para separar la ley es buena, pero para pagar salarios caídos es mala). La administración de García de Paredes, el 11 de septiembre de 2015, separó a Ricaurter Paz con Ley No. 9 y después lo destituye de la Universidad por segunda vez. Hoy la administración del Dr. Eduardo Flores Castro ignora la Ley No. 9 para no pagarle los salarios dejados de percibir por tres (3) años a Paz; que lo apoyó a llegar a la Rectoría.

Les pido a los nuevos integrantes del CGU 2019 (escogidos el 26 de septiembre del año pasado): respeten su dignidad, no sean títeres de nadie, actúen con responsabilidad, respeten el erario universitario, respeten los derechos humanos de los administrativos, que no poseen padrinos, sino que están apegados a la verdad, a la Ley, a la justicia y al respeto de la Constitución. También busquen la forma de modificar artículos de la carrera administrativa perjudiciales para el trabajador universitario.

¡Luché como un quijote para poder regresar a mi puesto de trabajo; hoy lucho para que se me paguen mis salarios caídos que me corresponde por Ley!

COMUNICADOR SOCIAL Y ARTISTA PLÁSTICO.

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