• 13/10/2013 02:00

¡Dios mío!, ven en mi auxilio

Veo con mucha pesadumbre lo que nos ocurre en esta profesión de abogado, por el desparpajo que algunos utilizan para gestionar en un pro...

Veo con mucha pesadumbre lo que nos ocurre en esta profesión de abogado, por el desparpajo que algunos utilizan para gestionar en un proceso, no importa el papel que desempeñen, y menos les incumbe en un comino, lo relativo a las doctrinas jurídicas con esos planteamientos universales que mantienen esa postura sideral y casi divina; con lo que nos estremecen con sus profundas reflexiones los pensadores trasnochados. Nosotros en cambio, seguimos por ese trillado camino en el que: ‘El fin justifica los medios’; una célebre frase que le atribuyen al inmortal Nicolás Maquiavelo, italiano nacido en el año de 1469, con una vida hasta el año 1527. Se pensaba que había que estar por encima de la ética y la moral, para conseguir los objetivos o llevar adelante sus planes. A estos niveles en donde nos encontramos, seguimos en ese pisoteo, con la insistencia sobre tan descabellada brújula.

Este desatino en silogismo que acabamos de citar en el párrafo anterior, lo reforzaron en el pretérito con la denominada Doctrina del Bien Superior; Postura o simplemente Teoría, para reducirlo todo al sacrificio para el beneficio de todos, como lo acuñaban Lenin, Hitler y otros, con el cuento de que para que la Patria viviera había que morir, pero es que ya en el año 409 A. C. Sófocles, en su obra ‘Electra’, justificaba cualquier mal necesario. Otra posición de crédito se atribuye en 1645 a Hermann Busenbaum, teólogo Jesuita, quien aseguraba que ‘cuando el fin es lícito, también los son los medios’. Por supuesto que nada puede ser más nefasto pero estos criterios, siguen en el medio de manera inalterable.

En este permanente litigio en el que nos encontramos por razón de la profesión, sobran los ejemplos de funcionarios y particulares que violan la Ley, en vez de velar para que se cumpla. Justifican de esta manera las pretermisiones y comparan lo que dejaron de hacer con lo que han conseguido en contra del inculpado. Litigantes que sudan prepotencia, a lo mejor porque tienen sus agendas ocultas, pero para ello, ni siquiera se esfuerzan por enclaustrar el medio para alcanzar ese fin. Lo ciertos es que para caminar por esos despeñaderos, se desconoce el derecho, los principios, las garantías, y todos los demás bienes morales que son parte de los acuerdos internacionales.

Tenemos por ejemplo la cantaleta de la Administración de Justicia, que en Wikipedia, al definir el concepto en concreto, lo considera como un valor agregado por la sociedad, en un intento por mantener la armonía entre los integrantes de toda la sociedad, en donde existen las reglas del libre albedrío en contrapeso. De este modo se permiten y prohíben comportamientos. Se juega entre lo bueno y lo malo en relación con la evolución cultural, si excluir el concepto de lo justo o injusto. Desde la antigua Roma, el jurisconsulto Ulpiano la definió así: ‘La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho’. Agregó el jurista que: ‘Justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde’. Dentro de tantas opiniones, llama la atención lo expuesto por Santo Tomás de Aquino, basado en la Ley Natural y por tanto, extendido a los ciudadanos como un regalo de Dios, que más tarde han llamado Derechos Humanos. La justicia es una virtud y como cualidad, produce los resultados deseados. Así aparece en esta enciclopedia. Nosotros creemos que la Justicia no se administra, más bien se aplica y es aquí donde los humanos fallamos, porque siempre están en juego los intereses.

Otro asunto es perseguir los delitos. El delito es un evento ocurrido cuya conducta es previamente calificada, entonces, resulta una ocurrencia pasada y genérica. Se persigue a lo que se desplaza; al que huye y hay que alcanzarlo, en cambio, los delitos se determinan, se califican, pero está muy lejos que se persigan. Con todo y esto, no es correcto que se hable en sentido figurado sobre un asunto en el que se debe aplicar la justicia, pero es un estribillo con tintes de gracioso, como dicen los investigadores primarios, que los objetos muestran impactos. ¡DIOS MÍO!, VEN EN MI AUXILIO.

Si hablamos de principios insertados en el Nuevo Código Procesal Penal, que abanderan el sistema acusatorio, son los mismos que aparece en el Código Judicial, con el llamado Sistema Mixto, que en gran parte responde a lo inquisitivo. Si siempre se ha irrespetado el Código, ¿quién nos asegura que no pasará lo mismo con la implantación del Nuevo Sistema Procesal?

Observamos cómo se descuartizan las pruebas para tomar lo que conviene, si la Sana Crítica tiene pilares fundamentales como todo lo planteado; las reglas de lógica; las experiencias que deben remitirse a los fallos; al conocimiento que se tiene de la ley; su efecto como una operación intelectual para apreciar las pruebas individualmente y en conjunto, pero es más que esa lógica interpretativa, pues tenemos que aterrizar en el sentir común. Esto es un método y como tal es un camino que conduce a un lugar, pero sin descuidar los conocimientos científicos afianzados en nuestro medio. Es un instrumento en el cual se tiene que motivar con argumentos la valoración de los resultados.

Tenemos una eterna lucha para alcanzar y preservar las reglas sobre lo adecuado, tenemos que conocer la Ley y también en detalles la conducta humana; para lograr lo debido, debemos actuar con la mejor buena fe, pero si notamos que en un caso penal aparecen actuaciones que se desvían de lo que se espera. Es muy común observar las extravagancias, la ignorancia supina, que no es otra cosa que la falta absoluta del conocimiento de una cosa. De esta manera parecen revestirse los que se acodan en una posición intransigente. Parece inconcebible que alguien cometa un desatino y luego empieza a justificarlo a cualquier precio. Esto es lo que más afecta.

ABOGADO Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

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