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Voto válido, nulo o blanco y otras curiosidades electorales
- 04/05/2014 02:00
El derecho a votar –también considerado como una obligación– es la forma en la que –en las democracias participativas– la población decide quiénes serán las autoridades gobernantes durante un periodo de terminado de tiempo. En Panamá son cinco años; pero en otras naciones los jefes de gobierno mandan durante cuatro años (Costa Rica), sexenios (como el caso de México) o periodos de siete años (Venezuela).
En Panamá también existe la particularidad de que el mismo día que se elige al presidente, se selecciona a los alcaldes de cada uno de los distritos del país, a los diputados y a los representantes de gobierno. En otros países, por ejemplo, Colombia, las elecciones para presidente y para escoger el senado son en años distintos y cada uno de estos órganos del Estado culmina sus periodos de ejercicio en fechas separadas, y no a la vez, como en el Istmo.
¿QUIÉN VOTA?
El Código Electoral define a los electores como ‘los ciudadanos en ejercicio que hubieren obtenido cédula de identidad personal y se hallaren inscritos en el Registro Electoral’.
Sin embargo, no todos los electores pueden votar. Los cuatro requisitos que indica el TE en el artículo 8 del Código Electoral, para que puedan votar son: ‘Ser ciudadano panameño; aparecer en el Padrón Electoral Final de la mesa respectiva; presentar la cédula de identidad personal y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos’.
A pesar de lo último que se indica en el artículo 8, ‘estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos’, en Panamá, desde los comicios del 2009, todas las personas que estén en una cárcel (en detención preventiva solamente), tienen la oportunidad de acudir a las urnas para escoger a su candidato favorito para presidente.
Quienes también se vieron beneficiados y por segunda vez podrán sufragar, son las personas que se encuentran en hospitales o en asilos, así lo aclara el más reciente Código Electoral: ‘Se eliminó la prohibición de establecer mesas de votación en las cárceles, centros de reclusión, hospitales y asilos, por lo que el Tribunal Electoral podrá reglamentar el voto de los detenidos preventivamente, así como el de los ancianos en asilos y enfermos en los hospitales’.
Actualmente, ya no es impedimento no vivir en Panamá para poder votar. Sobre el tema del voto en el exterior, indica el Código: ‘Los ciudadanos panameños residentes en el extranjero, también podrán ejercer el sufragio en el país donde residen, pero solo para el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República. A tal efecto, deberán inscribirse en el Registro de Electores Residentes en el Exterior’.
Para estas elecciones, los expatriados están emitiendo su voto a través del correo electrónico. Ayer, sábado a la medianoche, venció el plazo para recibir votos foráneos.
LOS DESAPARECIDOS
Los muertos no votan, tampoco los condenados ni los menores de edad. Sin embargo, también hay adultos con cédula y que gozan de todos sus derechos que no pueden acudir a las urnas hoy. Se trata de aquellos que entran en la categoría de los ‘excluidos’.
Según el TE, un excluido es alguien que ‘en más de tres consultas populares (elecciones o referendos) no hayan ejercido el voto ni tampoco hayan realizado ningún trámite ante el Tribunal Electoral como solicitud de cédula, cambio de residencia o inscripción en partidos políticos’.
Podrá parecer difícil que una situación así se dé; empero, estadísticas del propio Tribunal señalan que en las votaciones del día de hoy, hay un total de 62,035 excluidos en todo el país. Comparado con la cantidad de inscritos en el Padrón Electoral, la cifra de excluidos es igual al 2.52%.
Pero la de excluidos no es una condición permanente, menciona el Código Electoral que ‘el ciudadano excluido tiene el derecho de solicitarle a la institución su reinscripción en el Padrón Electoral’.
Para estas elecciones, según datos del TE, se suscitaron 85 inclusiones al Padrón.
Indica el Código que ‘esta medida persigue eliminar del registro electoral a las personas fallecidas cuya defunción no ha sido registrada en el Registro Civil, y a los que viven en el extranjero, quienes ahora podrán inscribirse en un registro especial en el país donde viven’.
LOS SUSPENDIDOS
El ártico 9 del Código Electoral advierte que no podrán ejercer el derecho al voto o a correr para un puesto de elección aquellos que han perdido sus derechos ciudadanos por : ‘Estar inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia ejecutoriada; haber renunciado a la nacionalidad panameña o adquirido otra nacionalidad a la que no tenían derecho a reclamar por nacimiento; entrar al servicio de un Estado enemigo; estar sujetos a interdicción judicial’.
EL VOTO NULO
En las elecciones de 2009, entre los votos para presidente, diputados, alcalde y representante, se depositaron 5,001,351 papeletas en las urnas, de las cuales 141,398 correspondían a votos nulos, es decir casi el 3% de los votos totales no fueron válidos por una que otra razón.
El cargo de elección que tuvo más papeletas erradas fue en las de los diputados. De los 1,504,355 sufragios realizados, el 2.7% no eran válidos; es decir, 43,325 emitieron el voto de manera incorrecta.
SIN PLANCHA
La regla principal, indican las papeletas de votación, es que a la hora de elegir a su candidato se ‘marque con un gancho la casilla de su preferencia’ el TE advierte: ‘No anule su voto, marque una sola casilla’.
Con la aplicación de la Ley 54 de 2012, la última reforma electoral, el concepto de voto plancha se ha eliminado. Indican la legislación que ‘por un elector, un voto... cuando un elector marque más de una casilla, el voto será nulo’.
Algunos se preguntarán: ‘¿Por qué si es un solo gancho, para un solo candidato, hay candidatos que aparecen más de una vez en la papeleta?’. Hay que recordar que los partidos hacen alianzas y que, como parte de esos acuerdos, deciden unificar candidatos y postularlos por todos los colectivos que conforman la alianza.
UN SOLO GANCHO
Todos los votos para una persona suman por igual. Si el aspirante a un cargo aparece por más de un partido, se debe también a un tema de supervivencia electoral. El partido que no logre sacar el 4% del total nacional de los votos, desaparecerá. Por eso es que los partidos no solo piden que apoye a determinado candidato, sino que lo haga poniendo su gancho en la casilla de ese partido.
Un ejemplo: En la actual contienda, CD está aliado con Molirena y Partido Panameñista con el Partido Popular. En el caso de sus candidatos a presidente, José Domingo Arias y Juan Carlos Varela, respectivamente, estos aparecen en las papeletas en la casilla de su partido (CD y Panameñismo en cada caso) y también en la casilla correspondiente a sus respectivos aliados (Molirena y Popular). A la hora de definir quién será presidente, da igual de qué partido de la alianza provengan los votos. Un voto para Arias es un voto aun si es del CD o del Molirena; y un voto para Varela es un voto aun cuando sea del panameñismo o del Partido Popular. A quienes sí les importa de dónde provenga el voto es a los colectivos, por el tema de la supervivencia electoral.
Un candidato puede ganar una elección, pero si su partido no obtiene el 4% del total nacional en algún rubro (presidente, diputado, alcalde o representante), ese colectivo deja de ser reconocido legalmente por el Tribunal Electoral. En las elecciones del 2004 se dio ese caso con Vanguardia Moral de la Patria, que, si bien obtuvo un escaño en la Asamblea Nacional, a través de Hernán Delgado (hoy CD) , solo logró el 2,38% de los votos válidos expresados, que en aquella ocasión representaba 34,773 votos.
BLANCO
Aunque algunos lo consideran como un desperdicio y una manera de anular el sufragio, el voto en blanco no se cataloga como nulo, ya que, se supone, la persona que lo aplica lo hace intencionalmente y para expresar que no respalda a ninguno de los candidatos que aparecen en la a papeleta.
En las elecciones del 2009, hubo 191,739 votos en blanco, que representa el 4% del total de sufragios emitidos. Ese porcentaje equivale a lo que un partido político necesita como mínimo para que el Tribunal Electoral lo respalde durante los siguientes cinco años.
El mayor porcentaje de votos en blanco provino de las papeletas para alcalde, en donde el 4.3% de los 1,487,429 sufragios emitidos, ingresaron vacíos a las urnas, es decir, 69,140 votos. Donde menos hubo fue para presidente, con 19,105, 1.2%.