Oficializan cambios en eventos locales

Actualizado
  • 21/01/2014 01:00
Creado
  • 21/01/2014 01:00
PANAMÁ. Tres importantes resoluciones de la Comisión Nacional del Carreras (CNC) del año pasado comenzarán a regir oficialmente desde es...

PANAMÁ. Tres importantes resoluciones de la Comisión Nacional del Carreras (CNC) del año pasado comenzarán a regir oficialmente desde este jueves 23 de enero, dada su publicación en la Gaceta Oficial No. 27455-A del viernes 17 de enero de 2014.

Los documentos llevan las firmas de Ana Luisa de Vallejos, presidenta de la CNC; Carlos Salazar y Eric Peng, comisionados; y Rogelio Brathwait, secretario.

Las decisiones tomadas por la CNC tienen como fundamento cumplir con las atribuciones que les corresponden de interpretar y velar para que sean cumplidas las normas que regulan la actividad hípica panameña, de acuerdo con lo establecido en el artículo 365 de la Resolución 60 de 30 de julio de 1999.

La primera de ellas es la resolución No. 5 del 19 de marzo de 2013, por la cual se establece que cuando en una carrera se corran distancias de 6, 6.5 y 7 Fgs., y existan menos de 14 caballos se desplacen todos los carriles en orden ascendente y de manera consecutiva con un máximo de dos cajones, minimizando el riesgo e inminente peligro a que se encuentran expuestos los ejemplares de carreras.

La mencionada solicitud fue elevada por el gremio hípico de la Unión de Preparadores de Caballos de Carreras, donde hacen del conocimiento el peligro que tienen los caballos con el espacio existente entre el carril y la baranda interior, cuyo escaso espacio tiende a que los ejemplares se desboquen, salten y se devuelvan.

La CNC consideró viable la petición en aras de rescatar no solo la prestancia de este deporte, sino la seguridad de aquellos que día a día ponen en riesgo su integridad sin tomar en consideración hasta qué punto.

La segunda resolución trata sobre la aprobación en todas sus partes de la modificación propuesta por la Secretaría de Carreras, al reglamento o sistema de cotejamiento de equinos centroamericanos, colombianos y de la Confederación Hípica del Caribe, conocidos como ejemplares del tercer grupo, a partir del 1 de enero de 2014.

En esta petición se pretende garantizar y proteger la producción, crecimiento y continuidad de la cría de caballos de carreras nacionales, y de aquellos propietarios nacionales o extranjeros que invierten en el equino criollo, sin menospreciar o perjudicar aquellos cuya inversión va dirigida a los ejemplares importados.

Tomando en cuenta la petición, la CNC decidió aprobar en todas sus partes la modificación propuesta por la Secretaría de Carreras al Reglamento o sistema de cotejamiento de ejemplares centroamericanos, colombianos y de la Confederación Hípica del Caribe, a partir del 1 de enero de 2014.

Finalmente, la Resolución No. 018 de 4 de junio de 2013 por la cual se mantiene en $30 el cobro de inscripción de nacimientos de nacionales posterior a los 365 días.

En ella la Comisión Nacional de Carreras propuso realizar una modificación al actual Reglamento de Carreras, específicamente en su artículo 542, acápite 8, que trata sobre la inscripción de caballos nacionales dentro de los 181 a los 365 días posteriores al nacimiento.

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