Así lo confirmó el viceminsitro de Finanzas, Fausto Fernández, a La Estrella de Panamá
- 20/12/2008 01:00
Los actos del Sr. Miguel Vanegas, reflejan bien claro de que cuando le conviene, invoca el respeto a la soberanía, la Constitución y leyes deportivas nacionales. Incluso lanza improperios contra “MVR” Pres. de ODEPA y Jacques Rogge, Pres. del COI. No obstante, seguro aconsejado por su mentor, el no muy bendito, Jaime Casanova, que preside la agonizante UPJ, aceptó llevar su caso del Judo ante el Tribunal de Arbitraje en Lausana, Suiza.
Esta postura de “juega vivo” de Jaime, era porque sabía que los estatutos obsoletos de la “FI” de Judo, que presidía el delincuente confeso Park, contenía el Punto 3.2 y 3.3, que mantenía en el mismo nivel a la UPJ que a los CONs, en cuanto a reconocer a una FedeJudo Nacional.
Así lograron una victoria temporal en el TAD. Incluso metieron su “GOL”diciendo que Vanegas era el Pres. del COP, contrario al COI , único facultado para reconocer a un CON. ¿Cómo nació la FedeJudo de Probeta? No fue de un “parto” normal. Explico: Al estilo de la Fepafut, el ex Sec. general, y ahora DG de PanDeportes, Sr. Ramón Cardoze, nombró una Comisión de Judo, al estilo de la Comisión Normalizadora del Fútbol, con Miguel Vanegas de “cantalante”. Lo que hizo fue pavimentar el camino hacia la presidencia de la FedeJudo. La Res. N° 6-2006 JD, del 28 de abril 2006, con el Padrón Electoral del 2006-2010, insertó los Artículos 9 y 10, que le dio vida a esta Federación de Probeta. Así “nació”.
La Reforma de los Estatutos de la “FI” de Judo, dirigida por Marius Vizer, en el Congreso Extraordinario el 21 de Oct. 2008, y ahora aprobado por el COI, ipso facto, eliminó a la FedeJudo de Probeta. El Preámbulo dice: “La Federación Internacional de Judo (FIJ), está compuesta por las Federaciones Nacionales de Judo y las Uniones Continentales. Cada Federación Nacional debe ser reconocida como la única federación oficial que representa a su país ante las instancias internacionales a través de su Comité Olímpico, que a su vez debe haber sido reconocido como tal por el COI”. En Panamá el COI reconoce a Ernesto Arce. Artículo 4º “Solo una federación por país puede ser miembro de la FIJ. Para solicitar su afiliación a la FIJ una federación nacional deber ser reconocida por su Comité Olímpico Nacional, que a su vez, deber ser reconocida por el COI”. Artículo 1.4 (Unión Continental).
“Las Uniones Continentales aplican la política de la FIJ y del COI. Art. 5.1. (Derecho de participación de los atletas). “Para ser admitido a participar en los “JO”, los campeonatos mundiales, continentales, internacionales organizadas por la FIJ o reconocida por ella, un judoka debe cumplir con las reglas de la FIJ y COI”. Estimado lector, quizás la fiesta de hace días de Mike a sus “fans” era para celebrar en “espíritu”, su capitis diminutio de la FIJ.
HOY EN PLAYA BONITA con invitación en mano y con traje de calle, será la Asamblea del CEO del COP, y la membresía de su organización privada, en donde a las 4:00 p.m. debe informar el salario de su CEO Administrativo Don Sama. Luego a las 6:30 p.m. empezará la “tenida”, dicen con acompañante. Las comisiones deben presentar su plan de trabajo.