El cuco de la ‘DGI americana’

Actualizado
  • 30/07/2012 02:00
Creado
  • 30/07/2012 02:00
F ATCA, Foreign Account Tax Compliance Act, es una ley fiscal de los Estados Unidos de América diseñada para prevenir la evasión fiscal.

F ATCA, Foreign Account Tax Compliance Act, es una ley fiscal de los Estados Unidos de América diseñada para prevenir la evasión fiscal.

Esta ley permite que las instituciones financieras extranjeras se conviertan voluntariamente en agentes de retención al servicio del IRS y coadyuven de esa manera a contrarrestar la evasión fiscal en los EEUU por parte de contribuyentes estadounidenses. Sin embargo, las instituciones financieras extranjeras estarán sujetas a un 30% de retención en los EEUU sobre los montos brutos de los rendimientos de sus activos financieros estadounidenses y enajenaciones de dichos activos; si no se adhieren voluntariamente al programa FATCA.

Es decir, que si alguna institución no contribuye con la búsqueda voluntaria de evasores para ayudar al fisco americano, podría entonces pagar de su propio patrimonio lo que supone que otros deben a su fisco.

En la opinión de José Andrés Romero, quien maneja el tema regulatorio y legal de la firma, Panamá debería explorar la posibilidad de suscribir un acuerdo intergubernamental con los EEUU para facilitar la implementación del FATCA y aligerar la carga a las instituciones financieras panameñas.

Ahora tratando de traducir esta clase sofisticada a mis queridos lectores, la situación fiscal de muchos países empezando por EEUU, les está obligando una vez ya agotadas las vías internas de localización de evasores fiscales, a buscarlos fuera de sus fronteras, y es por ello que muchos han renunciado a la nacionalidad americana, para tener una menor carga fiscal por ingresos provenientes de inversiones que generan activos financieros invertidos en el exterior por americanos.

En Panamá los panameños tienen enormes ventajas fiscales al momento de decidir invertir esos ahorros, por ejemplo las ganancias por intereses y ganancias de capital (subida del precio de compra) de los Bonos de la Deuda Pública son exentos de pago de impuesto sobre la renta, los bonos emitidos por empresas privadas o no, autorizadas por la Superintendencia del Mercado de Valores para oferta pública en la Bolsa de Valores de Panamá, son exentas del pago de ISLR, asimismo los intereses de las cuentas de ahorro y a plazo en la Banca local, y los pagos recibidos por dividendos de las acciones de empresas listadas en la Bolsa y las ganancias de capital por venta de dichas acciones están igualmente exentas.

Sin lugar a dudas, Panamá tiene uno de los incentivos fiscales más grandes de Latinoamérica para sus ciudadanos, por lo que deberíamos pensar, si existieran americanos invirtiendo en Panamá estarían en conocimiento de que todas estas inversiones en el país tienen un mínimo o no existente gravamen, dejando a su discreción cumplir o no con su régimen global de pago de sus impuestos.

Panameño, panameña, invierta en su país.

COLUMNISTA

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