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Más comercios incumplen con la regulación de ganancia en productos de aseo y limpieza
- 07/04/2020 13:55
Durante 22 días, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ha verificado un total de 619 establecimientos comerciales en el territorio nacional, de los cuales 366 incumplen con el Decreto 114 de 2020, que regula el margen de ganancia en once productos de aseo y limpieza tras confirmar la presencia de COVID-19 en Panamá.
En la verificación del cumplimiento, el personal técnico de la Acodeco le solicita a los agentes económicos la presentación de las facturas, para corroborar que el margen de ganancia no es superior al 23% como lo determina el decreto.
Los artículos que reportan mayor irregularidad en el margen de comercialización por parte de los establecimientos son: los desinfectantes, jabones y productos antibacteriales, vitamina C y guantes desechables.
El valor de la sanción para aquellos agentes económicos que incumplan con la normativa podrían ascender hasta los $10 mil, dependiendo del tamaño de la empresa. Además de que una vez concluya el proceso administrativo sancionatorio se publicará en el sito web de la Acodeco, los nombres de los agentes económicos, así como el valor de las multas aplicadas.
Además de los negocios que mantienen la venta al detal de estos productos de aseo y limpieza, la Acodeco programó operativos en empresas distribuidoras y mayoristas de los mismos, con el objetivo de frenar la especulación y alzas injustificadas que afectan al consumidor final.
El artículo 4 del Decreto Ejecutivo 114 faculta a la Acodeco a intensificar el monitoreo tendiente a evitar la ocurrencia de acciones de acaparar la producción, distribución o venta de bienes o servicios, con el objetivo de obtener ganancias en su posterior venta o para favorecer a un tercero en la cadena de comercialización.
El administrador general de la Acodeco, Jorge Quintero Quirós ha llamado a los comerciantes a que presenten las facturas al momento de la verificación, ya que se están levantando las actas por no tenerlas en las oficinas. Asimismo recomendó a los consumidores llevar su lista de artículos para que no demoren en los supermercados y permitan a otros hacer sus compras de manera más expedita ya que se ha tomado la medida de regular la cantidad de personas que entran para evitar aglomeraciones.
El titular de la Acodeco reiteró que se tomaron medidas a través del Ministerio de Comercio e Industrias como bajar a cero algunos aranceles de productos como: la importación de insumos médicos, materias primas, productos de higiene personal, limpieza de instalaciones; para que los consumidores puedan tener acceso a más productos para salvaguardarse ante la propagación de COVID-19.
Sin embargo, la Acodeco invita a la población en general a realizar sus denuncias a través de la línea de WhatsApp institucional 6330-3333, la línea gratuita 130 y a través de la dirección info@acodeco.gob.pa para proceder con la debida investigación del caso.
Mediante la Resolución 18 de 20 de marzo de 2020, la Acodeco habilitó temporalmente la presentación electrónica de los descargos dentro del proceso de investigación a los agentes económicos, a fin de cumplir con el Decreto Ejecutivo 114 de 2020.
Con la presentación electrónica, los agentes económicos que requieran realizar el respectivo descargo, previa citación según actas levantadas por los verificadores de la entidad, lo podrán hacer al correo electrónico descargos@acodeco.gob.pa para remitir el escrito con la debida identificación del proceso, el descargo debe contar con la constancia de quien suscribe el escrito es el representante legal, mediante imagen de aviso de operación o de certificado de Registro Público, y las pruebas documentales relacionadas con el proceso, todo o cual debe ser legible, sin tachones ni borrones o alteraciones, de lo contrario se tendrá por no presentado.
Los documentos aclaró la Acodeco serán recibidos en formato PDF con un tamaño o peso total de 20 mb. Igualmente, el director nacional de Protección al Consumidor podrá solicitar el reitero, en una sola ocasión, al agente económico que presente vía electrónica el escrito de descargo sin las características señaladas anteriormente.
La entidad informó que no serán valorados escritos remitidos a cuentas de correo distintas a las indicadas en la Resolución N°. A-018-2020 de 20 de marzo de 2020.
Esta resolución de la Acodeco cumple con el artículo 49 del Decreto Ejecutivo 46 de 2009, que desarrolla el proceso de investigación a los agentes económicos, y dispone la obligación de comparecencia del agente económico, previa citación de esta institución, a fin de rendir los descargos en virtud de inicio de una investigación administrativa.