Depósito de garantía genera disconformidad

  • 30/12/2015 01:00
Las empresas deben devolverle al cliente el depósito de garantía más los intereses o dejar el saldo a favor

La disconformidad de los usuarios del servicio de energía por el pago del depósito de garantía se ha incrementado, y es que algunos clientes lo han pagado por encima del consumo mensual del servicio.

Al solicitar por primera vez el servicio de energía eléctrica, las empresas cobran el depósito de garantía tomando como base la declaración de los aparatos que se tienen en la vivienda.

Si durante ese primer año el cliente realiza sus pagos al día o se atrasa en no más de tres ocasiones, evitando el corte del servicio, la empresa tiene la obligación de devolverle el depósito de garantía, más los intereses, que dependerán de la tasa de interés del mercado, o registrar el saldo a favor del cliente.

En los años siguientes, el cliente no pagará el depósito de garantía, a menos que el historial de pago sea afectado por morosidad. Si esto ocurre, inmediatamente las compañías de distribución eléctrica lo incluirán en la factura.

En este punto el número de quejas de los clientes se incrementa, ya que el depósito de garantía en ocasiones es elevado o de un monto mayor al de la factura mensual.

Esta vez las empresas no cobran el depósito de garantía en base a lo declarado al solicitar el servicio, lo hacen en un promedio del consumo de energía reflejado en los meses anteriores.

Silvia Contreras, jefa de Asuntos Corporativos de la Empresa de Distribución Eléctrica Noreste (ENSA), aclaró que al depósito de garantía no se le aplica subsidios como el Fondo de Estabilización Tarifaria (FED) o descuento a jubilados y personas de la tercera edad, por lo que el cliente puede ver un aumento considerable en este luego de la primera vez.

Por su parte, Roberto Meana Meléndez, administrador general de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), señaló que los intereses que genere este depósito se le aplican como un crédito a la cuenta del cliente mientras el mismo esté vigente. Cuando el cliente recupera su buen historial de pago, se devuelve la totalidad del depósito pagado a la distribuidora como un crédito en su cuenta de luz.

La Autoridad se mantiene vigilante de la aplicación correcta del depósito de garantía por parte de las empresas, las cuales deben cumplir los artículos 28 y 32 del Régimen de Suministro de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica de la ASEP.

La ASEP estará estableciendo una reglamentación a las empresas distribuidoras para que estas comuniquen con anticipación a sus clientes cuando se les aplique el pago de un depósito de garantía y así evitar la desinformación.

Lo Nuevo