Críticas por fallo de ‘Ley Patriótica’
PANAMÁ. El sobreseimiento, definitivo en unos casos y provisional en otros, dictado en favor los 77 implicados en la operación “Ley Pat...
PANAMÁ. El sobreseimiento, definitivo en unos casos y provisional en otros, dictado en favor los 77 implicados en la operación “Ley Patriótica” ha traído al debate sobre el sostenimiento de un proceso judicial, en base a las investigaciones de los fiscales del Ministerio Público.
Para el abogado Silvio Guerra, la decisión de la jueza confirma que la fiscalía “no presentó argumentos fuertes” contra los imputados.
Existe una explicación técnica al respecto. “El abogado defensor atacó la investigación de la fiscalía y las pruebas presentadas para sustentar la acusación. Si la prueba carece de fortaleza jurídica, se puede destruir la acusación”, apuntó.
El ex secretario del Consejo Nacional de Transparencia, Cristóbal Arboleda, sostiene que lo sucedido en este caso revela “un fracaso rotundo de los fiscales del Ministerio Público”, lo que de paso “le crea al país la sensación de que los casos no se están sustentando en forma debida y que se han violado principios elementales de la ética penal”.
Arboleda sostiene que un sobreseimiento “masivo” como el dictado por la jueza María De Los Ángeles De Gracia, no tiene precedente en la historia jurídica del país.
Por su parte, el abogado penalista Carlos Carrillo Gomila, advierte que la decisión de la jueza De Gracia debe servir de reflexión acerca de que el sistema judicial no puede ser utilizado para perseguir a personas inocentes.
“Hay que reconocer que la juez se atrevió a dejar sentado que existe una grave situación entre la Policía Nacional y el Ministerio Público. Prueba además, que es preciso auditar el proceder de estos fiscales y tomar los correctivos necesarios”, destacó.
En el Ministerio Público, no se han hecho mayores comentarios sobre lo sucedido en el caso “Ley Patriótica; solo el secretario general de la institución, Rigoberto González, reveló que se procederá con la apelación del fallo ante instancia superior.
De esta forma, el proceso se moverá hacia un tribunal superior del ramo penal.
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