Corte niega pago a víctima del 8B-06

Actualizado
  • 19/04/2010 02:00
Creado
  • 19/04/2010 02:00
Después de casi 4 años, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo manejada por el...

Después de casi 4 años, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo manejada por el magistrado Alejandro Mocada Luna, negó a los deudos de Rosa Rodríguez Vargas la suma de 10 millones de dólares que en concepto de daños y perjuicios materiales y morales exigían sus abogados a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y al Estado panameño.

El fallo se basa en la Ley 14 de 26 de mayo de 1993 que contempla que corresponde directamente al transportista responder a todos los daños que sobrevengan al usuario, ocasionados por él, por sus agentes, por el conductor o por cualquier persona involucrada en el servicio de transporte.

Así pues, quedó sustentada la responsabilidad que fuera acreditada con antelación en la sentencia del pasado 28 de abril de 2008 por el Juzgado Primero de Circuito, que en aquel momento declaró penalmente culpables al conductor y al dueño del autobús 8B-06, Próspero y Ariel Ortega, respectivamente, a quienes se condenó por el delito de homicidio culposo y lesiones en prejuicio de los pasajeros.

Los hechos se remontan al 23 de octubre de 2006. En el incidente, además de la señora Rodríguez fallecieron otras 17 personas, supuestamente por fallas en el sistema de aire acondicionado del bus.

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