Reconocerán sobretiempo a médicos

Actualizado
  • 09/08/2010 02:00
Creado
  • 09/08/2010 02:00
El proyecto ley que modifica el artículo 230 de la Ley 63 de 28 de octubre de 2009 que regula los sobretiempos de los médicos de la Caja...

El proyecto ley que modifica el artículo 230 de la Ley 63 de 28 de octubre de 2009 que regula los sobretiempos de los médicos de la Caja de Seguro Social (CSS) y del Ministerio de Salud (MINSA), que prestan servicio en el interior del país, fue presentado por el Ministro de Economía y Finanzas, Alberto Vallarino, ante la Asamblea Nacional de Diputados.

Vallarino, quien estuvo acompañado por el ministro de Salud, Franklin Vergara, indicó que la remuneración a los tiempos extra realizados por los médicos señalados se da para logar la eficaz consecución de sus funciones, toda vez que esta profesión requiere de un alto grado de sacrificio y dedicación en sus labores.

Vergara, señaló que para el desarrollo de un efectivo sistema de salud, se debe contar con el personal y de ser necesario doblar el tiempo de sus jornadas laborales, para combatir las necesidades médicas que surjan.

Mientras que el ministro del MEF, recalcó que el artículo mencionado, solamente reconocía el excedente del tiempo extra ya establecido a los galenos que prestan sus servicios en el interior del país, más no a los que se encuentran en la ciudad capital y el sector este del país, razón por la cual, se le hizo una modificación al referido artículo, para incluir a los médicos de la metrópoli en el reconocimiento de los sobretiempos.

En la modificación del artículo solo se reconocerá por tiempo extra cuando el funcionario haya sido previamente autorizado por el jefe inmediato a laborar en horarios extraordinarios.

Dicho tiempo solo se podrá autorizar cuando exista la disponibilidad en la partida presupuestaria correspondiente y no exceda del 25% de la jornada regular de acuerdo con las limitaciones y excepciones establecidas en las leyes existentes.

Solo se pagará remuneración por trabajos extraordinarios efectivamente realizados hasta un monto que no exceda el 50% del sueldo regular mensual, agregó Vallarino.

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