Nuevas medidas migratorias para residentes de la Unión Europea e India

Actualizado
  • 05/04/2018 16:40
Creado
  • 05/04/2018 16:40
La visa otorgada debe ser visa múltiple y haber sido utilizada de manera previa en el territorio del Estado otorgante y su vigencia no será inferior a un año

A partir de la fecha y en cumplimiento del Decreto Ejecutivo 114 del 4 de abril de 2018, el Servicio Nacional de Migración informa #que se  suprime el requisito de visa para ingresar a la República de Panamá, en calidad de turista, a los extranjeros de nacionalidades que posean Visa Schengen o Residencia Vigente de la Unión Europea.

La visa otorgada debe ser visa múltiple y haber sido utilizada de manera previa en el territorio del Estado otorgante y su vigencia no será inferior a un (1) año al momento de ingresar al territorio panameño.

Por otra parte, también se indica que tal como lo establece el Decreto Ejecutivo 113 del 4 de abril de 2018, desde el 1 de junio del año en curso, se incluye a la República de la India, dentro de los países que requieren visa estampada para ingresar a territorio panameño.

En el caso de los ciudadanos de origen indio, desde el próximo 1 de junio de 2018, a quienes apliquen y pasen los filtros necesarios se les otorgará visa estampada de múltiples entradas y salidas hasta por el término de tres (3) años, según el criterio de verificación del personal del Consejo de Seguridad, Servicio Nacional de Migración y el consulado.

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