Nueva ley crea certificación de vigencia y permite reutilización de textos escolares

Actualizado
  • 07/05/2020 15:42
Creado
  • 07/05/2020 15:42
La ley establece una certificación de vigencia de los textos, para evitar que cada año los centros educativos obliguen a los padres de familia a comprar nuevos libros

La recién sancionada Ley 30 de 17 de marzo de 2020 que modifica la Ley 47 de 1946 Orgánica de Educación, permitirá la creación de un programa de reutilización de textos escolares en los centros educativos de básica general y de educación media tanto oficiales como particulares.

La ley sancionada el pasado 17 de marzo por el Órgano Ejecutivo e impulsada por la diputada del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD), Zulay Rodríguez, también crea una certificación de vigencia de los textos emitida por el Ministerio de Educación, para evitar que cada año los centros educativos obliguen a los padres de familia a comprar nuevos libros, cuando estos aún tienen vigencia.

La ley actual establece una vigencia de los textos escolares de cinco años, al término del cual deberán ser reevaluados por el Ministerio de Educación para recomendar su actualización. 

Pero con la Ley 30 aprobada, las casas editoriales y los autores podrán solicitar la reevaluación de sus textos al Ministerio de Educación antes de los cinco años, siempre que se justifique la necesidad de actualizarlos, sin perjuicio de la reevaluación que el Ministerio de Educación estime conveniente ordenar a los textos escolares.

La nueva ley indica que si el texto cuenta con la certificación de vigencia, el centro educativo estará obligado a permitir su uso hasta que dicha certificación se mantenga vigente, sin importar que haya una nueva edición.  

El documento también crea el programa de Reutilización de Textos Escolares que será dirigido por el Ministerio de Educación, y el mismo consistirá en adquirir y/o solicitar a los padres de familia la donación de los libros de manera voluntaria, para ofrecerlos en calidad de préstamo anualmente a los estudiantes en los centros de educación básica general y de educación media oficiales.

De igual manera, indica le ley, el Ministerio de Educación deberá emitir la lista de los textos escolares evaluados y aprobados para su uso en los centros de educación básica general, y educación media oficiales y particulares, la cual deberá ser publicada durante el tercer trimestre de cada año en la página web del Ministerio de Educación y en la prensa escrita para dar publicidad a esta información. 

La nueva norma señala además que con el fin de garantizar que los textos escolares dirigidos a estudiantes panameños sean impresos de forma armónica con la idiosincrasia del país, el Ministerio de Educación contratará la impresión de estos textos en el mercado panameño.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus