Gobierno dicta medidas extraordinarias para evitar aglomeraciones ante alza de covid-19

Actualizado
  • 13/12/2020 13:10
Creado
  • 13/12/2020 13:10
Solo diez personas podrán compartir en reuniones laborales o sociales, deben cumplir con el distanciamiento de dos metros y las demás medidas

Luego de sobrepasar la reproducción efectiva (RT) de covid-19 por encima de 1, el Gobierno Nacional promulgó en Gaceta Oficial la Resolución No. 1386, la cual establece medidas extraordinarias y, a partir de la fecha prohíbe toda actividad que conlleve aglomeración de personas, para disminuir la propagación.

La Resolución destaca que una de las causas del alto contagio es la asistencia de personas con o sin diagnóstico de la enfermedad, asintomáticos, a reuniones laborales o sociales, así como a lugares muy concurridos.

La disposición advierte del estado crítico que registra la capacidad hospitalaria del país, por lo que es necesario asegurarla para garantizar la operatividad del sistema público de salud.

Ahora, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud (Minsa) como establece el primer artículo solo permitirán en las reuniones laborales un máximo de diez personas, siempre que cumplan con el distanciamiento de dos metros y las demás medidas de bioseguridad.

Los siguientes artículos de la resolución se refieren a la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las nuevas medidas, responsabilidad que recae sobre el MINSA y estamentos de la Fuerza de Tarea Conjunta, al igual que a las medidas por adoptar ante el desacato de estas medidas.

Hasta el 12 de diciembre en Panamá se registraron 22 defunciones por covid-19 y 2,806 casos durante las últimas 24 horas. Los casos activos suman 26,613. En aislamiento domiciliario se reportan 24,469 en casa y 696 en hoteles. Los hospitalizados suman 1,448 y de ellos 1,265 se encuentran en sala y 183 en Unidad de Cuidados Intensivos.

La Resolución lleva la firma del titular del Ministerio de Salud, Luis Francisco Sucre, y del secretario general de la institución, José Belisario Baruco V.

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