Diputados retoman ley para inhabilitar a perpetuidad de contratar con el Estado a empresas corruptas

  • 05/05/2021 17:16
Silva cuestionó que en Panamá se sigan contratando a empresas que han cometido actos de corrupción

Diputados de la Asamblea Nacional dieron un primer paso para retomar una propuesta que modifica la Ley 22 de 2006 de Contrataciones Públicas con miras a inhabilitar a perpetuidad para contratar con el Estado, a personas naturales o jurídicas condenadas por corrupción o que hayan incluso realizado acuerdos de colaboración judicial o penal.

El pasado 29 de abril la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamlea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de Ley 531, por medio del cual se inhabilita a perpetuidad para contratar con el Estado a las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas por actos de corrupción o que hayan realizados acuerdos de colaboración judicial o penal.

El proponente del esta iniciativa, el diputado de la bancada independiente, Gabriel Silva recordó que el 8 de mayo del 2020 se promulgó la Ley 153 del 2020 que reformó la Ley 22 del 2006, que regula la contratación pública.

Explicó que el artículo 19 de dicha norma establece la incapacidad legal para contratar y en el numeral 8 de dicho artículo, se plasma la inhabilitación de contratar con el Estado de hasta 5 años a personas naturales o jurídicas que han sido condenadas por una serie de delitos, entre ellos, delitos contra la Administración Pública.

Destacó que en el numeral 9 del mismo artículo de la Ley 153, se establece la inhabilitación de contratar con el Estado por hasta 3 años para quienes hagan acuerdos de colaboración judicial o de pena, reconociendo la comisión de una serie de delitos, entre ellos, delitos contra la Administración Pública.

No obstante, Silva señaló que su propuesta busca modificar los numerales 8 y 9 del artículo 19 de la Ley 22 del 2006 que consiste en inhabilitar a perpetuidad a quienes sean condenados, o hagan acuerdos de colaboración judicial o de pena, por la comisión de delitos en contra de la administración pública, delitos contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva, delitos contra el patrimonio económico o delitos contra la fe pública. Consideramos que esto es necesario por las siguientes razones.

"Inhabilitar a perpetuidad a quienes cometan corrupción es un mensaje claro y alto de que no se tolera la corrupción en Panamá", enfatizó.

Silva aseguró que es una realidad que en Panamá se sigue contratando a empresas que han cometido actos de corrupción.

"Esto se puede observar tanto porque se contrata a empresas que han sido condenadas en otras jurisdicciones o porque se contratan a empresas que han realizado acuerdos de colaboración judicial en Panamá por corrupción", precisó.

Sostuvo que este tipo de prácticas lesivas al interés nacional impiden y desmotivan a las empresas honestas a participar en procesos de contratación pública para ofrecer un servicio u obra con altos estándares de calidad, eficiencia y competitividad.

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