Sociedades anónimas, pero sin el velo del anonimato

Actualizado
  • 18/10/2011 02:00
Creado
  • 18/10/2011 02:00
PANAMÁ. Las sociedades anónimas se han convertido en los últimos meses en blanco de críticas. Su velo de anonimato sobre quiénes la inte...

PANAMÁ. Las sociedades anónimas se han convertido en los últimos meses en blanco de críticas. Su velo de anonimato sobre quiénes la integran ha sido un tema que se han criticado por años.

Hoy, en medio de denuncias por escándalos de corrupción, donde estos pactos sociales son utilizados en muchas ocasiones para fraguar dudosas transacciones, el Ejecutivo pretende introducir modificaciones a la ley 32 de 1927.

Estos cambios van encaminados a recuperar la confianza en las sociedades anónimas, satanizadas por todo el misterio que este pacto social encierra.

LA PROPUESTA

Una fuente del Ejecutivo reveló a La Estrella que se está gestando un documento que pretende modificar la ley que regula las sociedades anónimas. Un ambicioso plan que le daría un giro de 180 grados a la actual legislación.

En resumen, el documento descansa sobre tres pilares fundamentales: eliminar el velo corporativo, revelar tanto el porcentaje de participación como los accionistas que integran las sociedades, y que dichas acciones ya no se realicen al portador.

Este último punto tiene que ver con una solicitud que hizo el año pasado a Panamá la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE), para sacar al país de las listas grises.

En aquella ocasión, la OCDE pidió a Panamá que además de la ley de información fiscal; es decir, permitir a los bancos suministrar al gobierno estadounidense información acerca de los depósitos que hagan sus ciudadanos en Panamá, también tendrían que eliminar poseer acciones al portador.

Aunque en ese momento la solicitud de la OCDE no se incluyó dentro de la ley de información fiscal, con la propuesta que presentará el Ejecutivo podría cristalizarse.

Pero, ¿qué dictamina la ley vigente? ¿Qué pasos hay que seguir para conformar una sociedad anónima? ¿Qué tipo de beneficios otorga la ley? ¿Qué opinan los expertos? Son estas algunas de las interrogantes que giran alrededor de las cuestionadas sociedades anónimas.

LO QUE DICE LA LEY

En Panamá constituir una sociedad anónima es, como se dice en buen panameño, pan comido. Dos o más personas mayores de edad, de cualquier nacionalidad, aún cuando no residan en el país, pueden constituir una sociedad anónima para cualquier objeto lícito. Así lo establece con exactitud el artículo I de la ley 32 de 1927 —que regula las Sociedades Anónimas en Panamá—.

Partiendo desde este requisito básico, que se convierte en el preámbulo de las disposiciones legales de la mencionada ley que reposa en 96 artículos divididos en 11 secciones, 84 años desde su creación, la ley 32 solo ha sufrido algunos cambios sustanciales desde su adopción en 1927.

Su nivel de flexibilidad es tan amplio que hasta se le permite a cualquier persona, natural o jurídica, convertirse en tenedor o dueño de acciones de una sociedad.

Es más, no se exige un número determinado de accionistas, las acciones pueden ser al portador; no hay controles de divisas ni restricciones de moneda; los fondos pueden transferirse libremente.

Además, dichas sociedades solamente pagarán impuestos sobre la renta en Panamá por los ingresos de actividades lucrativas que se realicen dentro de sus fronteras. Cualquier ingreso obtenido en el extranjero no paga impuesto sobre la renta, esto de acuerdo a lo que establece la Ley Fiscal panameña.

CRÍTICAS AL PROYECTO

Sin embargo, la nueva propuesta del Ejecutivo encontró detractores antes de ser llevada a la Asamblea Nacional. Correr el velo de las sociedades anónimas no es bien visto por empresarios y abogados, quienes aseguran que la ley actual protege a quienes integran estos pactos sociales y así facilitar los negocios e inversiones en el país.

El ex embajador de Panamá en Estados Unidos, Roberto Alfaro, aunque está de acuerdo con que se eliminen las acciones al portador, no cree que sea ‘necesario’ conocer el porcentaje de participación, aspecto que, alega, es ‘algo interno que no debería publicarse a la luz pública’.

En tanto, para el jurista Eduardo Morgan, el documento que presentará el Ejecutivo ‘no va para ningún lado’. Asegura que las sociedades anónimas no han sido creadas para ocultar delincuentes, sino para facilitar los negocios a empresarios e individuos honestos.

Mientras que el ex presidente del Colegio Nacional de Abogados, Rubén Elías Rodríguez, catalogó como una medida ‘absurda’ impulsar modificaciones a la Ley 32 de 1927.

También se mostró convencido de que mucha gente que trabaja con fines lícitos en este rubro de servicios, no les interesa que nadie sepa que ellos son los dueños o accionistas de esas sociedades anónimas.

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