Pedir perdón; la alternativa

Actualizado
  • 22/09/2013 02:00
Creado
  • 22/09/2013 02:00
En los años setentas, en una Corte de Ontario, en Canadá, un funcionario de libertad condicional de menores convenció a un juez de que d...

En los años setentas, en una Corte de Ontario, en Canadá, un funcionario de libertad condicional de menores convenció a un juez de que dos jóvenes condenados por vandalismo debían reunirse con las víctimas de sus delitos. Después de los encuentros, el juez ordenó a ambos jóvenes realizar una restitución a las víctimas como condición para la obtención de la libertad condicional. El experimento de Kitchener mas tarde se convirtió en un programa para la reconciliación entre víctimas y delincuentes denominado en nuestros días ‘justicia restitutiva’, practicado con éxito en Europa y ciertos países de América. En Panamá el proceso se contempla en el Sistema Penal Acusatorio, pero aún no se ejerce. Una conversación con el criminólogo mexicano Luis Rodríguez Manzanera, pone el dedo en la llaga sobre el papel del Estado como mediador en los proceso penales, y cuáles son las alternativas. Manzanera asistió al III Congreso de Criminología organizado por el Instituto de Criminología de la Universidad de Panamá cuyo tema se acentúo en atención a víctimas.

EL SISTEMA POR LO GENERAL ESTÁ VOLCADO AL TRATO DEL CRIMINAL Y DEDICA POCA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS, ¿ES EQUILIBRADO ESTE PROCESO?

Yo si creo fuera de todo slogan que este es el siglo de las víctimas. Además como que ya no tenemos caminos claros, hemos caído en un derecho penal muy represivo. Se ha dicho mucho que ya no necesitamos mejorar el derecho penal, necesitamos algo mejor que el derecho penal. Y parecería que el derecho victimal y todo lo referente a víctimas nos abre este espacio. El dineral que se está gastando en prevención del delito mejor invertilo en prevención victimal, mejorar el tratamiento a las víctimas. No quiere decir que abandonemos a los presuntos criminales y a los criminales o que los quitemos de derechos, pero creo que si es el siglo de las víctimas y hay que volcarnos hacia eso.

¿HABLAMOS DE UN CAMBIO DE MENTALIDAD COMPLETO?

Absoluto, si. Es casi un cambio de paradigma. Hay que voltear por completo hacia las víctimas.

¿QUÉ HACER ENTONCES CON LOS DELINCUENTES Y LA PREVENCIÓN?

Lo que se refiere a prevención del delito hemos aprendido que es mas fácil hacer prevención victimal, enseñar a la gente a no ser víctimas, que tratar de convencer a los criminales que no delincan. Ahí podemos utilizar los recursos con mucho éxito, y en el tratamiento hay un cambio de paradigma descomunal. Por ejemplo, no en todos los casos, pero parte del tratamiento que se esta intentando en algunas partes del mundo no es solo inmediación, sino el acercamiento del criminal a la víctima. La reparación del daño; la justicia restaurativa. Si es un cambio en serio, no de nombre.

TAL VEZ ESTA JUSTICIA ALTERNATIVA PUEDA EVIDENCIARSE COMO UNA FORMA MÁS HUMANA DE RESOLVER CONFLICTOS, PERO ¿CÓMO INTERVIENE ESA JUSTICIA RESTAURATIVA CUANDO HAY PÉRDIDAS HUMANAS O LESIONES DE POR VIDA?

Con el acercamiento sobre todo a los deudos, a los familiares, que el criminal intente obtener el perdón de éstas víctimas indirectas y aunque parezca raro está funcionando en muchas partes. Yo entiendo que nuestros países tienen una mentalidad muy vindicativa y lo que quieren es venganza y castigo, pero en algún momento y por algún lado tenemos que empezar. Pero fíjese que curioso, se supone que somos países cristianos o católicos y que pertenecemos a una religión que se basa en el perdón, y sin embargo, no lo aplicamos para nada.

PERO ESTA JUSTICIA RESTAURATIVA NO CONMUTA UN PROCESO PENAL, ¿EN QUÉ CASOS AMERITA LA INTERVENCIÓN DE UN JUEZ?

En delitos muy graves por lo general, no. Todos los demás desde luego que sí; robo, lesiones, ofensas, injurias, una cantidad de cosas que nuestros códigos en México ya permiten mediación como salida lateral donde no necesariamente se tiene que ir a un juicio.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

En México si se han abierto casas que les llaman de justicia, de acogimiento para atender a la mujer maltratada, pero a la vez están abriendo casas para los hombres porque nos hemos dado cuenta que el tratar a la mujer exclusivamente no es completo. Porque, mientras usted no trate al hombre va a regresar la dinámica. Se apuesta mucho por la clínica. Hay que ver el caso concreto, no es fácil pero cada vez se tiene mas éxito en que los hombres acepten ir a la clínica, muchas veces necesitan atención médica, psicólogos, terapeutas.

¿QUIENES SON LOS MEDIADORES, QUÉ TIPO DE PROFESIONALES?

Puede haber mediador o puede no. Es toda una preparación especial. Es casi una preparación nueva. Se esta usando mucho abogados pero no me gusta porque el buen jurista ya lleva en la mente la idea de quién es culpable y quién es inocente. Y fíjese qué extraño, en esos casos no se está pensando quién es culpable y quién inocente, se piensa en resolver un conflicto. Se están usando psicólogos que nos han dado buen resultado en conflictos familiares.

EN ESTE NUEVO PARADIGMA, ¿QUÉ ESPACIO OCUPA LA REINCIDENCIA?

El problema de la reincidencia es diferente. No confundamos. Aquí estamos hablando de una solución del conflicto, porque lo que se sucede es que el conflicto quedaba en manos de victima y victimario, y ahora es propiedad del Estado. Pero, ¿por qué? Si el problema sigue siendo entre él y yo, tú que tienes que meterte si nosotros podemos arreglarnos. A excepción de casos muy complejos hay forma de arreglarse. Por ejemplo, violencia intrafamiliar; parecería que la violencia intrafamiliar cuando el Estado se mete es peor en la mayoría de los casos. Encierra al padre porque es golpeador o a la madre, y trata de solucionar las cosas con juicios penales. No. La mayoría de los conflictos humanos pueden resolverse fuera de la justicia penal. Estoy convencido porque las experiencias que hemos tenido son buenas.

¿QUÉ ROL TENDRÍA ENTONCES LA JUSTICIA EN ESTE ESCENARIO?

Lo que llamamos derecho penal mínimo. Es decir, dejemos la justicia penal para los casos realmente graves; terrorismo, casos que ameriten, aún homicidio tendríamos que ser selectivo. En violaciones y delitos sexuales se puede, en cambio, en pedofilia no. Es claro que no vamos a traer al criminal y al niño abusado fuera de un proceso penal, para eso sí, es la justicia penal.

HASTA EL MOMENTO, ¿CUÁLES SON LOS RESULTADOS DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA EN MÉXICO?

En los Estados en que se tiene una mayor eficacia se ha llegado al 80% de resolución del conflicto, y en el restante veinte por ciento, a veces si tiene que entrar hasta orden judicial. El gran problema es el seguimiento, en esta fase hay un nuevo porcentaje de casos donde se pueden predecir problemas.

¿SERÍA COMO VOLVER A NUESTROS ANCESTROS?

Así es. Además de estar hablando de un nuevo paradigma, la sorpresa es que ésta era la forma de resolución en nuestros pueblos primitivos, se reservaba a los jueces para casos gravisísimos y todo lo demás se resolvía así.

¿EN QUÉ PAÍSES ESTÁ EN PRACTICA ESTA FORMA DE HACER JUSTICIA?

En Europa hace mas de 20 años. No es una novedad en el mundo moderno. A penas empezamos en México con violencia intrafamiliar.

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