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- 21/08/2009 02:00
El pulpo eléctrico
Cuando se dio el proceso de privatización de los servicios públicos se utilizaron argumentos que nos prometían precios más bajos, mejor calidad y una masiva inversión privada dirigida a lograr que nuestro país fuera más competitivo.
¿Qué ha pasado con todas estas promesas? En realidad y para usar un solo ejemplo, en el campo de los servicios públicos de energía eléctrica lo que tenemos es una energía más cara que en la época del IRHE, a precios constantes de 1996, una calidad pésima del servicio y las inversiones en distribución eléctrica están muy distantes de ser las óptimas. En generación se ha tenido una inversión alta, pero es que la tasa de rentabilidad es sumamente atractiva.
El Gobierno del presidente Ricardo Martinelli anunció el 15 de julio una rebaja en las tarifas eléctricas del 10% para los clientes que consumían más de 500 kw/h y lo que ocurrió fue que todos los clientes recibieron un incremento en sus facturas del mes de julio que están recibiendo en agosto de más del 20%, que en muchos casos el incremento sobrepasa el 30%. ¿Se están burlando las empresas eléctricas del Gobierno?, ¿qué se puede hacer frente a esta terrible situación?
Lo primero que debemos saber es que pasamos de un monopolio estatal que operaba con economía de escala, a monopolios privados de capital extranjero que operan como un oligopolio. Las leyes del mercado no se cumplen y la autoridad reguladora no ha tenido la capacidad ni la voluntad para tomar las medidas necesarias.
La Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP) tiene todos los instrumentos legales vigentes en la Ley, en los contratos de concesión y en la Constitución de la República para proteger debidamente a los usuarios del pulpo eléctrico.
El capítulo tercero de la Ley 6 establece en la parte relativa definiciones lo siguiente: “Régimen Tarifario: conjunto de reglas relativas a la determinación de las tarifas que se cobran por la prestación del servicio de electricidad, en aquellas actividades sujetas a la regulación”. La Autoridad de acuerdo a la Ley tiene la facultad de intervenir para impedir abusos de la posición dominante de los agentes del mercado. Además, tiene la autoridad para establecer los criterios, metodologías y fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos de electricidad, en los casos que no halla competencia.
La legislación vigente le otorga a la ASEP la facultad de establecer topes máximos y mínimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de la empresa y el artículo 100 le da la facultad de modificar la tarifa, de oficio o a petición de parte, cuando en estas se cometan graves errores en su cálculo que perjudiquen gravemente los intereses de sus clientes o la empresa. Es decir, existen normas claras que permiten la intervención de la autoridad regulatoria para poner fin a la estafa de que estamos siendo víctima los usuarios del sistema eléctrico.
Recordemos que el costo de la energía eléctrica se distribuye de la siguiente forma: 75% corresponde a los costos de generación, 20% a los de distribución y 5% a los de transmisión. En otras palabras, gran parte del alto costo de la energía en Panamá es responsabilidad de las empresas generadoras, particularmente de las generadoras hidroeléctricas que han hecho ganancias multimillonarias con la especulación en el mercado ocasional.
Por este mecanismo los usuarios de los servicios eléctricos han pagado por más de 10 años costos adicionales que sobrepasan los 500 millones de dólares. Cada vez que se habla de esto, las empresas generadoras hidroeléctricas invocan la seguridad jurídica, pero en realidad han estado violando la Ley y se merecen una sanción.
Otra cosa que debe llamar la atención es el hecho de que cuando se inició el proceso de privatización, el Ente Regulador de aquella época tomó como modelo de gestión para los efectos de comparación a cien empresas eléctricas del mundo (ver Resolución 2982), pero ninguna de esas empresas de referencia le asigna a las tarifas residenciales cargo por demanda, lo que sí se hace en Panamá.
Una de las pocas excepciones que hemos encontrado es España (que aunque no son parte de los modelos consultados, son interesantes para objetos de comparación, por ser la principal distribuidora española en Panamá). No obstante, en España el cargo por demanda es de 1.43 euros, lo que equivale a 1.70 por kw. Mientras que en Panamá la tarifa por demanda es de 11.81 por kb en EDEMET, 12.31 en ELEKTRA y 18.62 en EDECHI. Este es un cargo que hay que revisar y reevaluar.
Finalmente, el Gobierno del presidente Martinelli debe comenzar por revisar los contratos de concesión, introducir un impuesto, no transferible al usuario, del 10% al agua de las empresas generadoras hidroeléctricas y reestructurar todas las normas de calidad que rigen al sector eléctrico.
*Ingeniero y analista político.blandonc@cwpanama.net