El 2 de mayo será de descanso obligatorio por "Día del Trabajador"

  • 30/03/2016 19:28
Según el Código de Trabajo la persona que le corresponde trabajar un día de descanso, será remunerada con un recargo del 50% de su salario

Mediante el Decreto Ejecutivo N°29 del 29 de marzo de 2016, el Gobierno de la República de Panamá transfiere para el lunes 2 de mayo del presente año, el descanso obligatorio del 1 de mayo "Día del Trabajador" y se ordena el cierre de la oficinas públicas, municipales y privadas de todo el país.

El Artículo 47 del Código de Trabajo establece que " cuando un día de fiesta o duelo nacional, previamente fijado en la ley, coincida con un día domingo, el lunes siguiente se habilitará como día de descanso semanal obligatorio".

De acuerdo al Código de Trabajo la persona que le corresponda trabajar un día de descanso obligatorio, será remunerada con un recargo del 50% sobre la jornada ordinaria de laboral.

El Decreto N°29 establece que las conmemoraciones cívicas y oficiales correspondientes al 1 de mayo de 2016, deberán efectuarse como es tradición en esa misma fecha.

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